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Acusación
de Guiteras
Oscar
Arano y Douglas Costa, representantes de la Comisión
Liquidadora, realizan una venta fraudulenta de la
hilandería sin tener el poder de ley necesario y además
sin la firma del liquidador por el sector privado
Alberto Gómez.
(Anexo 1, Denuncia de Guiteras ante una comisión del
Senado)
Argumentos presentados por Guiteras:
• La
hilandería es vendida por un precio muy por debajo de
lo establecido. Valía 11 millones y se vendió por 4
millones de dólares, y eso es un delito.
• La operación
es fraudulenta porque los apoderados de la Comisión
Liquidadora no tenían el poder constituido para
realizarla, ni concurrió el representante privado.
• Los
socios de la Hilandería Santa Cruz presentaron
un reclamo formal que fue ignorado.
Pruebas
presentadas por el ex
ministro a una comisión del Senado:
•
Decreto supremo que autoriza la venta de la
Hilandería Santa Cruz.
• Resolución
ministerial donde se aprueba la venta de la hilandería,
a pesar de la disidencia del liquidador del sector
privado.
• Poder que
confiere el Prefecto de Santa Cruz a los Sres. Arano y
Costa.
• Publicación de
prensa del testimonio de Desmontadora Santa Martha S.A.,
empresa de propiedad de la familia Garáfulic.
• Artículos de
prensa. Julio 12 de 1998. El Diario.
(Anexo 2, Recortes de El Diario)
Lo
que la opinión pública debe conocer
(A Guiteras se le responde en los tribunales
judiciales).
Antecedentes
*
En
fecha 4 de septiembre de 1995, en Junta Extraordinaria
de Accionistas, se resuelve por unanimidad disolver la
sociedad y liquidar sus activos, a cuyo efecto se
constituyó una Comisión Liquidadora. En dicha junta
participa el Sr. Alberto Gómez S., como accionista del
sector privado, quien además es designado miembro de la
Comisión Liquidadora, conjuntamente con los Sres.
Guillermo Méndez e Israel Paniagua, en representación
del sector público. Se informa que la hilandería
estaba cerrada hace dos años y que debe al fisco y a
proveedores.
(Anexo 3)
*
En fecha 7 de diciembre de 1995 se efectúa la primera
convocatoria a licitación pública internacional de
Hilandería Santa Cruz S.A.M. (en liquidación) declarándose
desierta, puesto que no se presentó ninguna propuesta.
(Anexo
4)
*
En
fecha 28 de junio de 1996 se efectúa la segunda
convocatoria a licitación pública internacional de
Hilandería Santa Cruz S.A.M. (en liquidación), habiéndose
ofertado por los módulos I, II, III y IV el monto de
2.085.700 dólares americanos. La licitación se declaró
desierta por considerarse que
la oferta recibida no era conveniente a los
intereses del Estado boliviano.
(Anexo
5)
Traspaso
de Cordecruz a la Prefectura
*
Se solicitó a la Unidad de Reordenamiento del
Ministerio Sin Cartera, responsable de la capitalización,
proceder a la convocatoria y licitación de los
activos de la Hilandería Santa Cruz S.A.M.
(Anexo
6)
*
En fecha 2 de diciembre de 1996, con Resolución
Ministerial Nº 177/96 del Ministerio Sin Cartera,
responsable de la capitalización, en aplicación del
artículo 5° de la Resolución Suprema Nº 215521, se
designaron a los vocales de la Comisión Calificadora de
la licitación internacional
MC/SNCI/UR/LIC-011/95-III.
(Anexo
7)
*
El
10 de diciembre de 1996, en acto público, se procedió
a la recepción y apertura de los sobres de la licitación
internacional. MC/SNCI/UR/LIC-011/95-III.
(Anexo
8)
*
El 10 de diciembre de 1996, la Comisión Calificadora
recomienda por unanimidad la adjudicación de los
activos pertenecientes a Hilandería Santa Cruz S.A.M.
(en liquidación) módulos I, II, III y IV en favor del
proponente Santa Mónica Cotton Trading S.A.
(Anexo
9)
*
Por Decreto Supremo Nº 24449, del 20 de diciembre de
1996, se adjudica los activos pertenecientes a la
Hilandería Santa Cruz S.A.M. a la empresa Santa Mónica
Cotton Trading S.A. por un monto de $us 4.005.686 dólares
americanos por los módulos I, II, III y IV.
(Anexo
10)
*
En fecha 28 de enero de 1997, por Decreto Presidencial Nº
244477 se designa como prefecto y comandante general del
departamento de Santa Cruz al Dr. Alfredo Romero Dávalos.
(Anexo
11)
* En fecha 13 de febrero de 1997, a través del oficio
Ur. 25/97 firmado por el Dr. Alfredo Romero Dávalos, en
su calidad de prefecto y comandante general del
departamento de Santa Cruz,
dirigida al Sr. Douglas L. Acosta Castillo, se lo
designa como gerente liquidador del sector público de
la unidad económica Hilandería Santa Cruz S.A.M (Anexo
12)
* En fecha 6 de marzo de 1997, a través del oficio Ur.
38/97, el Dr. Alfredo Romero Dávalos, prefecto y
comandante general del departamento de Santa Cruz,
indica al Sr. Oscar Arano Peredo,
secretario tesorero departamental, que ha sido
designado liquidador por el sector público de la unidad
económica Hilandería Santa Cruz S.A.M.
(Anexo
13)
*
En fecha 11 de marzo de 1997, el Dr. Alfredo Romero Dávalos,
como prefecto del departamento de Santa Cruz, otorga
poder especial amplio y suficiente a los Sres. Oscar
Arano Peredo, con CI 3390015 LP, y Douglas Acosta
Castillo, con CI 1531470 SC, bajo Poder Notariado Nº
167/97 otorgado ante la Dra. Mery Toledo Justiniano,
notario de Fe Pública.
(Anexo
14)
*
La Comisión Liquidadora de Hilandería Santa Cruz
S.A.M., mediante Resolución 01/97 de fecha 11 de marzo
de 1997, aprueba la licitación efectuada por la Unidad
de Reordenamiento, del Ministerio de Capitalización, y
dispone la venta y la entrega de los activos licitados a
la empresa adjudicataria Santa Mónica Cotton Trading
S.A., como resultado de la licitación internacional
MC/SNCI/UR/LIC-011/95-III.
(Anexo
15)
*
En fecha 4 de junio de 1997 se protocoliza ante el
notario de Hacienda Departamental Dr. Freddy Canido
Justiniano, y bajo el instrumento Nº 281/97, el
contrato de compra-venta de los activos de la Hilandería
Santa Cruz S.A.M, módulos I, II, III y IV, y que es
celebrado entre la Comisión Liquidadora de la Hilandería
Santa Cruz S.A.M., como vendedora, y Santa Mónica
Cotton Trading S.A., como compradora, y con la
intervención del Sr. Alfonso Revollo Tenier como
ministro Sin Cartera responsable de la capitalización
y el Dr. Alfredo Romero Dávalos, prefecto del
departamento de Santa Cruz, ambos en su calidad de
autoridades.
(Anexo 16)
* En dicho contrato firman los compradores y los
vendedores, y se hace constar que el Sr. Alberto Gómez
firma pero en disidencia, representando el 0,2% del
capital social de la Hilandería Santa Cruz S.A.M., con
lo que se aprueba por mayoría absoluta (99,8% de los
accionistas) la licitación de fecha 10 de diciembre de
1996.
(Anexo 17)
Conclusiones
* El precio de compra de la hilandería en la tercera
licitación pública internacional superó el valor mínimo
requerido para la adjudicación. El valor pagado fue de
$us 4.005.686. Cabe hacer notar que la primera licitación
fue declarada desierta y en la segunda sólo hubo un
postor que ofertó $us 2.085.700, cifra que no fue
aceptada por estar por debajo de lo requerido. Por lo
tanto, el precio en el que se compró la hilandería no
es de ninguna manera ilegal.
* Si Alfonso Revollo, ministro Sin Cartera responsable
de la capitalización, y el Dr. Alfredo Romero, prefecto
del departamento de Santa Cruz, y el resto de la Comisión
Liquidadora, hubieran firmado una operación de venta
contra los intereses del Estado, la Contraloría General
de la República habría emitido una nota de cargo. No
lo ha hecho y, por el contrario, ha emitido un informe
final avalando toda la operación.
* La oposición del Sr. Alberto Gómez no fue un óbice
legal para impedir que se lleve a cabo la operación de
venta, porque representa sólo el 0,2% del capital
social, este hecho ha sido registrado claramente en las
actas de adjudicación y
nunca fue ocultado. La operación de vender fue
aprobada por el 99,8% de los accionistas.
* Todo proponente asume que cuando el Estado efectúa
una licitación, sobre todo internacional, la
documentación de los funcionarios responsables,
incluyendo sus poderes, debe estar en orden. Si no lo
estuviera no podría realizarse la licitación. En todo
caso, el tema no es responsabilidad de los proponentes y
la Contraloría ya se pronunció al respecto sin
observación alguna sobre el proceso de licitación y
adjudicación.
* La nueva hilandería provee trabajo a 480 familias
cruceñas, recibió una inversión de alrededor de 10
millones de dólares y, según Nueva Economía, está
entre las 20 empresas exportadoras más grandes del país.
El Grupo Garáfulic vendió su participación en esta
empresa hace más de dos años.
* El caso de la venta de la hilandería no es nuevo, tal
como se publicó en El Diario. ¿Por qué Guiteras esperó
hasta hoy para denunciarlo?
* Guiteras fabricó todo un show para desviar la atención
del escándalo que concluyó con su renuncia, y lo hace
para desprestigiar a los medios de comunicación que lo
denunciaron.
* Guiteras se oculta tras su inmunidad parlamentaria
para no ir a juicio. Si sus acusaciones son tan
contundentes y veraces, ¿a qué le tiene miedo?
* Si Lourdes de Guiteras no hubiera reclamado la agresión
de su marido ante la Policía y si Wálter Guiteras no
hubiera denunciado el caso como un intento de
desestabilizar el Gobierno, seguramente este escándalo
no habría ocurrido.
Documentos
de respaldo
Los
anexos están a disposición de cualquier persona
interesada en las oficinas de La Razón y serán
presentados en el juicio iniciado por Garáfulic a
Guiteras en el Juzgado 3º de Partido en lo Civil de La
Paz y distribuidos a los medios de comunicación.
Mañana
Raúl Garáfulic refutará con pruebas otra denuncia de
Wálter Guiteras.
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