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Acusación
de Guiteras
Supuestamente,
Garáfulic intenta presionar a Guiteras y Orías para
que el proyecto se adjudique a la empresa Ingelec S.A.
Argumentos presentados por Guiteras:
• Revirtió decisión del anterior ministro a favor de
Ingelec.
• Guiteras negó dos veces consecutivas la impugnación
presentada por Garáfulic e Ingelec.
(Anexo 1, argumentos de Guiteras)
Pruebas
presentadas por el ex
ministro a una comisión del Senado:
•
Informe legal denegando enmienda y complementación a la
Resolución Ministerial 008/00.
• Resolución ministerial que desestima por segunda
vez la petición de enmienda y complementación.
• Informe legal concluyendo que se debe aprobar
impugnación de Ingelec.
• Resolución ministerial donde se aprueba impugnación.
• Informe de Orías a Guiteras sobre la ejecución del
proyecto de Electrificación Rural Fase II.
• Escrito enviado por Ingelec al Sr. Guiteras.
(Anexo 2, pruebas presentadas por Guiteras)
Lo
que la opinión pública debe conocer
(A Guiteras se le responde en los tribunales
judiciales).
Antecedentes
*
A finales de 1999, la empresa Ingelec S.A. fue invitada
a participar de la licitación "Electrificación
Rural Fase II" en Cochabamba.
* El resultado de las propuestas presentadas fue el
siguiente:
Total puntaje obtenido
Ingelec S.A.
332.92 pts.
Consorcio
322.02 pts.
Precio
de las propuestas
Ingelec S.A.
$us
4.074.243.16
Consorcio
$us 11.889.763.51
(Anexo
3, Comunicación de la Prefectura con los puntajes
obtenidos)
* A pesar de la gran
diferencia de precio, la licitación es adjudicada al
Consorcio, transgrediendo tanto el propio pliego de
condiciones de la licitación como las Normas Básicas
del Sistema de Administración de Bienes y Servicios
(NBSABS).
(Anexo 4, Carta de la Prefectura adjudicando la obra.)
* El 25 de febrero del 2000, en total desacuerdo con la
adjudicación, Ingelec impugna la licitación,
(Anexo 5, Impugnación de Ingelec)
* El 21 de marzo del 2000, la impugnación de Ingelec es
aprobada con Resolución Ministerial Nº 008/00. Es
importante destacar que esta aprobación no significa la
adjudicación de la obra a Ingelec S.A., simplemente
obliga a seguir el proceso de licitación.
(Anexo 6, Resolución Ministerial 008/00)
* En esta etapa del proceso Wálter Guiteras asume la
cartera del Ministerio de la Presidencia y le toca
seguir con el proceso. Es así que Guiteras, basándose
en un error de mecanografía en la Resolución
Prefectural de 13.12.00 (en su parte resolutiva se dijo
"recomienda" en vez de "resuelve"
efectuar dicha convocatoria), anula obrados más allá
de lo permitido por el art. 69 de las NBSABS. Es decir,
no sólo anuló hasta las etapas impugnadas por Ingelec
S.A., sino que, sin competencia para ello, lo hizo hasta
la citada resolución prefectural. Ingelec S.A. presenta
su desacuerdo con un memorial y respetando los
procedimientos de ley.
(Anexo 7, Resolución Ministerial Nº 015/00)
(Anexo 8, Memorial de Ingelec presentando reclamo)
* Ante tan absurdo argumento y flagrante ilegalidad, en
vía de enmienda nuevamente Ingelec S.A. solicita se
explique y corrija ese error. El entonces ministro
Guiteras vuelve a negar la petición mediante Resolución
Ministerial 018/00.
(Anexo 9, Enmienda de Ingelec)
(Anexo 10, Resolución Ministerial 018/00)
* Pese al rechazo de la enmienda solicitada, pero siendo
procedente la impugnación, se invita nuevamente a las
dos empresas a una nueva licitación, con el añadido de
que mediante nota de la Prefectura de Cochabamba, se
aclara que no es necesario presentar algunos documentos
que ya fueron entregados en la primera oportunidad.
(Anexo 11, Carta DDP Nº 74 de 30.06.00)
* El 17 de julio se informa a las dos empresas que han
sido inhabilitadas por defectos formales en el sobre
"A". Respecto a Ingelec S.A. no hay
observaciones inhabilitantes, observándose defectos
carentes de trascendencia jurídica o económica,
formalmente subsanables. En el caso del Consorcio no
contaban con certificado de solvencia fiscal, constatándose
por una certificación de la Contraloría General de la
República que mantenía un litigio con el Estado por Bs
1.668.781. (Anexo 12, Carta de la Prefectura de
Cochabamba CITE-DGCD-111/00)
* Ese mismo día, en reunión conjunta entre licitante y
proponentes se instruye que ambas empresas procedan a
subsanar estas irregularidades.
* Encontrándose la licitación en ese estado, el
Decreto Supremo Nº 25840 de 12.07.00 es apresurada e
irregularmente incluido en la Gaceta Oficial Nº 2231
fechada el 11 de ese mes, o sea antes de la emisión del
decreto que declaraba zona de emergencia al departamento
de Cochabamba. (La Gaceta Oficial depende del Ministerio
de la Presidencia).
* No bien publicado ese decreto, desechando el proceso
en curso de contratación por invitación directa al que
con sujeción a las NBSABS estaban abocados Ingelec S.A.
y el Consorcio, José Orías, prefecto de Cochabamba,
contrata directamente al Consorcio.
* Ingelec S.A., en varias etapas del proceso, denunció
estas irregularidades a los medios de comunicación del
país, realizó una presentación del caso invitado por
la brigada parlamentaria de Cochabamba y mandó
innumerables cartas.
(Anexo 13, Carta de invitación de la brigada
parlamentaria)
(Anexo 14, Recortes de prensa de varios medios de
comunicación del país)
Conclusiones
*
Esta aclaración es presentada en colaboración con la
empresa Ingelec S.A., puesto que Raúl Garáfulic Gutiérrez
no es socio ni participa de forma alguna en la empresa
Ingelec S.A. y, por lo tanto, no ha intervenido de forma
alguna en esta licitación y menos presionando a
Guiteras y Orías, los que han actuado en forma
irregular.
* De acuerdo a los documentos oficiales presentados, la
participación de Ingelec S.A. en la licitación y sus
acciones han logrado evitar que la colectividad pague
los 11,9 millones de dólares originales que pretendía
el Consorcio y que la Prefectura llegó a aceptar.
* Lamentablemente, a causa del decreto de emergencia
tramitado entre la Prefectura de Cochabamba encabezada
por José Orías y el Ministerio de la Presidencia
encabezado, en ese entonces, por Wálter Guiteras, no ha
podido evitar que se adjudique ese proyecto por el
precio de $us 7.392.586.70, o sea un sobreprecio de TRES
MILLONES DE DÓLARES con respecto al ofertado por
Ingelec S.A. en su propuesta inicial.
* Esa adjudicación lesiva a los intereses del Estado ha
sido posible por la promulgación del citado decreto de
emergencia y su apresurada publicación, trámites a
cargo del Ministerio de la Presidencia, casualmente
encabezado, en ese entonces,
por Wálter Guiteras.
* Después de las acusaciones de Guiteras en
enero de este año, en relación a este tema, el
diputado Roberto Fernández Orozco, en representación
del partido Nueva Fuerza Republicana, acusó a Guiteras
de mentir al haber asegurado que el país ahorró y, por
el contrario, sindicó al ex Ministro de la Presidencia
de favorecer a otra empresa con sobreprecio.
(Anexo 15, Nota de prensa de 13 de enero de 2001).
* Garáfulic nunca solicitó a su respetable amigo Luis
Gonzales Quintanilla que intervenga de forma alguna en
este caso, como lo ratificó este último mediante
declaraciones públicas.
* Guiteras fabricó todo un show para desviar la atención
del escándalo que concluyó con su renuncia, y lo hace
para desprestigiar a los medios de comunicación que lo
denunciaron.
* Guiteras se
oculta tras su inmunidad parlamentaria para no ir a
juicio. Si sus acusaciones son tan contundentes y
veraces, ¿a qué le tiene miedo?
* Si Lourdes de Guiteras no hubiera reclamado la agresión
de su marido ante la Policía y si Wálter Guiteras no
hubiera denunciado el caso como un intento de
desestabilizar el Gobierno, seguramente este escándalo
no habría ocurrido.
Documentos
de respaldo
Los
anexos están a disposición de cualquier persona
interesada en las oficinas de La Razón y serán
presentados en el juicio iniciado por Garáfulic a
Guiteras en el Juzgado 3º de Partido en lo Civil de La
Paz y distribuidos a los medios de comunicación.
Mañana
Raúl Garáfulic refutará con pruebas otra denuncia de
Wálter Guiteras.
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