Corte Constitucional rechaza Ley de Inteligencia

Esa norma permitía coordinar la producción de un reporte de análisis estratégico dirigido al presidente y era la única que regulaba la actividad de las agencias de seguridad del Estado.

Esa norma permitía coordinar la producción de un reporte de análisis estratégico dirigido al presidente y era la única que regulaba la actividad de las agencias de seguridad del Estado.

La Corte Constitucional decidió tumbar la Ley de Inteligencia, la cual regulaba la actividad de las agencias de seguridad colombianas, al aceptar una demanda que consideraba que la misma violaba algunos derechos fundamentales por el uso desmedido de escuchas telefónicas y espionaje.

La Ley 1288 de 2009, o de inteligencia, fue demandada por la Comisión Nacional de Juristas, que señaló que esa norma violaba los derechos humanos y fundamentales de las personas debido a los excesos que se presentaron con el escándalo de las escuchas y espionaje por parte de funcionarios del anterior Gobierno a opositores, periodistas y magistrados.

Esa norma permitía coordinar la producción de un reporte de análisis estratégico mensual dirigido al presidente y era la única que regulaba la actividad de las agencias de seguridad del Estado.

La sala plena de la Corte Constitucional consideró que la ley requería un trámite especial en el Congreso para ser aprobada y por eso deberá empezar un nuevo estudio en el Legislativo como ley estatutaria y, de ser aprobada, revisada de nuevo por ese tribunal.

La Ley de Inteligencia fue sancionada en marzo de 2009 por el entonces presidente, Álvaro Uribe, y con ella buscaba fortalecer las actividades de inteligencia y contrainteligencia, a pesar del escándalo desatado en la central de inteligencia estatal DAS.

Además creaba la Junta de Inteligencia Conjunta, compuesta por el DAS, el Ministerio de Defensa, los departamento de inteligencia de las Fuerzas Militares y de Policía.

La Junta se reuniría una vez al mes para analizar asuntos relacionados con la seguridad y defensa del Estado.

Los demandantes de la Comisión Nacional de Juristas consideraron además que de aprobarse la ley se crearía una base de datos de las personas sin que existiera un soporte legal claro sobre su manejo.

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