1. Evo Morales Aima, presidente clave

2. Crisis y transición política

3. La redistribución de escaños enfrentó al oriente con el occidente

4. ¿El lustro perdido? 5 años y 5 presidentes

5. Los discordes en discordia: 14.513 disturbios

6. La ley del gas no acabó con la confrontación

7. El futuro depende de la Asamblea Constituyente

8. La inseguridad llena de angustia al ciudadano

9. Heredarás la tierra

10. Mesa se fue luego de ceder en todo y renunciar 3 veces

11. Querido 2006

12. "El equipo de todos" decepcionó a todos

La redistribución de escaños enfrentó al oriente con el occidente


Pugnas regionales pusieron en riesgo el proceso

La disputa por los escaños estuvo a punto de frenar el recambio político. El Censo de Población y Vivienda del 2001 reveló que Santa Cruz y Cochabamba habían crecido en mayor proporción que otros departamentos, como La Paz, Oruro y Potosí.

Esa realidad demográfica, sin embargo, no fue motivo de preocupaciones hasta este año, cuando Santa Cruz reclamó la redistribución de escaños parlamentarios porque consideró que le correspondían cuatro adicionales en función a su nueva población.

Y el Tribunal Constitucional le dio la razón el 22 de septiembre de este año, en pleno proceso preelectoral.

La Constitución Política del Estado, en su artículo 60, manda distribuir los escaños de la Cámara de Diputados por población, equidad y grado de desarrollo. Y pese a que el 2001 se había hecho un nuevo censo de población, la redistribución de escaños había quedado pendiente.

Esa distribución está establecida en el artículo 88 del Código Electoral, que fue declarado inconstitucional por el Tribunal a demanda de Santa Cruz. Eso implicó, además, la paralización del proceso electoral, pues mientras el Congreso no decidiera la nueva redistribución, la nómina de candidatos por departamento quedaba en el limbo.

Y fue otra vez el Congreso el que no pudo ponerse de acuerdo. Los plazos que puso la Corte Nacional Electoral se fueron venciendo, con el consiguiente riesgo de que las elecciones generales y de prefectos no se realizaran en la fecha prevista.

Finalmente, el 28 de octubre, la Corte descartó el 4 de diciembre como fecha para las elecciones y, para que la situación no se siguiera dilatando, el presidente Eduardo Rodríguez hizo la redistribución de escaños mediante decreto y fijó el 18 de diciembre como nueva fecha de realización de los comicios.

Santa Cruz exigía cuatro nuevos escaños, pero el Mandatario decidió darle tres. Y Cochabamba, que exigía dos, obtuvo uno. La fórmula le restó dos a La Paz, uno a Potosí y otro a Oruro. De esa manera, la Cámara de Diputados se mantuvo con los 130 miembros que manda la Constitución, pero las circunscripciones uninominales subieron de 68 a 70.

Hasta entonces, Santa Cruz había ejercido una dura presión sobre el Congreso y el Presidente. Lo mismo habían hecho Potosí, Oruro y La Paz.

Sin embargo, y pese a la tenacidad de la demanda, la dirigencia cívica de esos departamentos nunca logró articular una protesta masiva.

LA CORTE ELECTORAL ESTUVO A LA ORDEN DE LOS CAMBIOS


El poder de los curules dividió al país

Cuatro veces modificó la fecha de las elecciones y en todas aquellas ocasiones la Corte Nacional Electoral aceptó adecuar los cronogramas, pese a la prisa con que se presentaban los cambios.
El entonces presidente Carlos Mesa convocó a elecciones de prefectos, en primera instancia, para el 12 de junio. Ese decreto fue emitido el 28 de enero de este año.

Luego, la coyuntura le obligó a dictar un nuevo decreto, esta vez el 8 de abril, para que las elecciones de prefectos se celebraran el 12 de agosto. Pero, esa fecha, ya ni él estaba en el poder y menos habrían elecciones de prefectos.

El turno le tocó al presidente transitorio, Eduardo Rodríguez, quien emitió sus dos primeros decretos de convocatoria el 6 de julio, en los que llamó a elecciones generales y de prefectos para el 4 de diciembre.

Luego, la redistribución de los escaños le obligó a aprobar nuevos decretos para fijar la fecha de las elecciones para el 18 de diciembre.
En estos cambios, la Corte advirtió de los riesgos legales y logísticos para llevar adelante los procesos, pero finalmente se adecuó al cambio.

BASE LEGAL

El acortamiento de mandato

La Ley 3089 complementa el artículo 93 de la Constitución, que debe quedar redactado de la siguiente forma: Cuando la Presidencia y Vicepresidencia de la República queden vacantes harán sus veces el Presidente del Senado y, en su defecto, el Presidente de la Cámara de Diputados y el de la Corte Suprema de Justicia, en estricta prelación. En este último caso se convocará de inmediato a elecciones generales que serán realizadas dentro de los 180 días de emitirse la convocatoria.

Elección general y de prefectos

Dos decretos supremos, uno para la elección general y otro para la elección de prefectos fueron emitidos el 6 de julio, fijando la fecha del 4 de diciembre del 2005 para su realización y el 22 de enero del 2006 para la transmisión de mando. Sin embargo, el 1 de noviembre, el Mandatario tuvo que aprobar otros dos decretos para cambiar la fecha de las elecciones, que se realizarán el 18 de diciembre, debido a que la CNE no pudo cumplir el plazo porque se perdió tiempo en el lío de los escaños.

El mandato de los prefectos

Una ley interpretativa de la Constitución establece que: Se interpreta el artículo 109 de la Constitución, estableciéndose que la designación presidencial de los prefectos de departamento se realizará precedida de un proceso de elección por voto universal y directo por simple mayoría. Cumplirán periodos de gestión de cinco años coincidentes con las elecciones municipales. Sólo por esta vez, los prefectos durarán cuatro años para coincidir con la elección municipal.

Constituyentes y referéndum

La Ley 3091 es una norma especial que convoca a la elección de miembros de la Asamblea Constituyente para el primer domingo del mes de julio (2) del 2006, en base a una ley especial de convocatoria. Y esta misma norma dispone la conformación del Consejo Nacional Preautonómico y Preconstituyente a normarse mediante decreto. En el caso del referéndum autonómico, también se realizará el 2 de julio del próximo año, pero su marco legal es una resolución congresal.

Cronología

6 DE MARZO
El presidente Carlos Mesa renuncia a su cargo asediado por El Alto y Santa Cruz. Tras un acuerdo con el Congreso, decide quedarse. El 15 de marzo levanta las manos, pide que convoquen a elecciones. No es escuchado y el 6 de junio vuelve a renunciar. Esta vez, deja el mando del país.

9 DE JUNIO
Sucre es testigo de una jornada violenta. Los planes de Hormando Vaca Díez para gobernar el país se caen y abren paso a la sucesión constitucional hasta Eduardo Rodríguez, el entonces presidente de la Corte Suprema de Justicia. Asume el mando con la única misión de llamar a elecciones.

6 DE JULIO
El presidente Eduardo Rodríguez promulga la reforma a la Constitución y emite el decreto para la convocatoria a elecciones generales y de prefectos. Además, promulga una ley para la elección de constituyentes y la conformación de los consejos Preconstituyente y Preautonómico.

5 DE SEPTIEMBRE
Termina el plazo para la presentación de candidaturas. Se presentan ocho: Jorge Quiroga (Podemos), Evo Morales (MAS), Samuel Doria Medina (UN), Michiaki Nagatani (MNR), Felipe Quispe (MIP), Gildo Angulo (NFR), Eliseo Rodríguez (Frepab) y Néstor García (USTB).

2 DE NOVIEMBRE
El Mandatario pone fin al problema de la redistribución de escaños haciendo el reparto por decreto: Santa Cruz gana tres y Cochabamba uno. Oruro y Potosí pierden uno y La Paz, dos. Además, emite otro decreto para postergar los comicios del 4 de diciembre para el 18 del mismo mes.



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