Cafés internet en La Paz tienen una normativa edil para su funcionamiento

La normativa, pionera a nivel nacional, pretende proteger la integridad física y psicológica de niños, niñas y adolescentes que asisten a dichos sitios.

Bolivia.com - Tecnología
Bolivia.com - Tecnología

La normativa, pionera a nivel nacional, pretende proteger la integridad física y psicológica de niños, niñas y adolescentes que asisten a dichos sitios.

El Legislativo edil de la ciudad de La Paz, aprobó la ley que regula el funcionamiento de los establecimientos y locales públicos de cafés Internet en el Municipio, para incentivar el uso responsable de esta herramienta tecnológica.

La normativa edil propuesta por la decana del Concejo, Gabriela Niño de Guzmán, establece tres finalidades: Proteger fundamentalmente a niños, niñas y adolescentes en su acceso al internet, incentivar el uso del internet en el Municipio de La Paz y sensibilizar sobre su utilización responsable y Promocionar los establecimientos y locales de acceso público al internet como espacios educativos.

"Esta ley lo que pretende es establecer algunos elementos al funcionamiento de los establecimientos y locales públicos que brindan servicios de internet  por un lado y también incentive el uso responsable de esta herramienta en la población y en los propios emprendedores de este nuevo negocio", afirmó ante el pleno la decana del Concejo, Gabriela Niño de Guzmán.

La normativa de 33 artículos tiene su ámbito de  aplicación  en el Municipio de La Paz y regirá en todos los establecimientos y locales de internet que otorguen el servicio al público.

El capítulo II sobre la Condiciones de los establecimientos prestadores del Servicio Internet deben contar con filtros informáticos que permitan a la administración del local establecer restricciones en el acceso al internet cuando se traten de niños, niñas y adolescentes en contenidos como: pornografía, contenidos raciales, terroristas, xenófobos y misóginos, publicidad de bebidas alcohólicas, cigarrillos y drogas, publicidad sexual, contenidos sobre bulimia, anorexia y otros desórdenes alimenticios y se establece la aplicación de juegos autorizados.

El artículo 12 establece que los cafés internet deberán instalar cámaras de seguridad, los que  permitan observar - en casos específicos – a personas que ingresen a dichos locales con intenciones  de extorsión, amenazas e incluso plagio de menores de edad y adolescentes.

"Probablemente este grupo etéreo es uno de los más demandantes de este servicio y también es un grupo propenso a los riesgos que implica el acceso al internet  en temas de pornografía, racismo, trata de personas y violencia y   se tiene que tomar alguna medida para proteger la salud mental de este grupo", explicó la decana edil.  

Cada una de estas grabaciones deberá ser guardada por el lapso de tres meses.

Los locales, según la norma, deberán contar con una adecuada infraestructura, conexiones eléctricas óptimas, ventilación apropiada y espacio para cada usuario, no podrán admitir a menores de 18 años que porten uniforme escolar, el ingreso de menores de edad sin una persona mayor después de la 20.00. No  podrán aceptar niños y niñas en el establecimiento por todo el día.

Al margen de estas reglamentaciones la ley edil también establece incentivos  a los prestadores del servicio de internet donde la Alcaldía proporcionará accesos gratuitos a programas informáticos con contenidos educativos, formativos e informativos, así mismo capacitará a los encargados y encargadas de los cafés internet en temas de la navegación, manejo de paquetes educativos, formativos, informativos y antivirus, para estos fines el GAMLP y los establecimientos de cafés internet podrán suscribir acuerdos sobre los aspectos antes señalados.

Los incentivos  del Gobierno Municipal, beneficiarán a los propietarios de locales en cuanto a rebajas en patentes de funcionamiento, acceso a programas informáticos, premios y la formalización de su actividad si así lo requiere. (SCM/GAMLP)