CEJIS: Pueblos indígenas están conscientes de que no podrán frenar el extractivismo en sus territorios

Los pueblos indígenas están plenamente conscientes que no podrán frenar el desarrollo de las actividades extractivistas en sus territorios, frente a las decisiones del Estado, pero al menos, quieren ser parte del beneficio de la explotación.

Imagen de la intervención policial a la marcha en defensa del Tipnis el año 2011. Foto: ABI
Imagen de la intervención policial a la marcha en defensa del Tipnis el año 2011. Foto: ABI

Los pueblos indígenas están plenamente conscientes que no podrán frenar el desarrollo de las actividades extractivistas en sus territorios, frente a las decisiones del Estado, pero al menos, quieren ser parte del beneficio de la explotación.

El Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (CEJIS), llegó a tal conclusión a partir del apoyo técnico y asesoramiento jurídico a la Asamblea del Pueblo Guaraní (APG), en la construcción de su propuesta de Ley de Consulta Previa, Libre e Informada.

"Lo que notamos en esos espacios de discusión técnica y a momentos política, debido a que esos avances han tenido que ser evaluados por autoridades guaraníes en asambleas departamentales y nacionales, notamos que tienen plena consciencia y son muy realistas de que no podrán frenar el desarrollo de las actividad extractivistas en su territorio", señala el abogado e investigador, Elías Huanca del CEJIS-La Paz.

Huanca señala que la propia Constitución Política del Estado (CPE), declara a los recursos naturales, minerales, hidrocarburos y agua como recursos estratégicos, por lo que cuando se acude a la carta magna en temas de carácter de interés social, general o público, la norma otorga la prerrogativa al Estado para que defina la decisión final frente a un proceso de consulta, en caso de que el pueblo indígena objete la implementación de la medida legislativa o administrativa.

"A partir de este análisis ven (los pueblos indígenas) que en algunos casos va ser muy difícil poder rechazar esa política pública que pretende ser implementada por el Estado, pero también vieron que de los pocos impactos positivos que generan las operaciones hidrocarburíferas en el pueblo guaraní considera la posibilidad de poder convivir con estas actividades, teniendo en cuenta las amenazas que representan o las consecuencias que se generan a partir de su implementación", dice.

El jurista menciona que el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre los Pueblos Indígenas y Tribales de Países Independientes y la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, establecen que los pueblos indígenas también tienen derecho de poder participar de los beneficios que genera la explotación de los recursos dentro de sus territorios y los beneficios que genera su explotación.

Sin embargo, señala que actualmente el Gobierno destina los recursos provenientes del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) al Fondo Indígena, que a su vez, invierte en proyectos de inversión social que benefician a varios sectores y organizaciones indígenas, campesinas y originarias como la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB), la Confederación de Mujeres Campesinas Bartolina Sisa, la Confederación de Pueblos Indígenas del Oriente (CIDOB), el Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (CONAMAQ), entre otros.

"Esta forma de distribución y de acceso a los recursos provenientes de la explotación de los recursos lleva a otra discusión porque en el caso de la Asamblea del Pueblo Guaraní, ve la forma de descentralizar el uso de esos recursos para tener un acceso más directo porque el trámite burocrático que debe hacer en La Paz para presentar sus proyectos, para su evaluación y aprobación considera que es una traba a su ejercicio", dice.

El elemento de la participación en los beneficios generados por la explotación de los recursos también fue planteado por el CONAMAQ, según el abogado, de tal forma que ambas propuestas, coinciden en la necesidad de desconcentrar los recursos.

El anteproyecto de Ley de Consulta Previa, Libre e Informada aprobado durante la VI Comisión Nacional el mes de agosto en la ciudad de Cochabamba, establece en su artículo 11, una serie de medidas que no serán objeto de consulta. Entre ellas se citan a las medidas legislativas o administrativas relacionadas a la seguridad y defensa del Estado, a la atención de desastres naturales, aquellas destinadas a garantizar la seguridad ciudadana, a fortalecer los derechos fundamentales de las naciones y pueblos indígenas, y a todo lo referido al artículo 298 de la CPE, entre otras.

El Art. 298 cita 22 competencias privativas del Estado que no requieren consulta, y que tienen que ver con la política monetaria, régimen aduanero, comercio exterior, seguridad del Estado, control de fronteras, regulación y políticas migratorias, creación, censos oficiales, régimen electoral, y régimen general de biodiversidad y medio ambiente, entre otros.

Elías Huanca fue uno de los expositores junto al investigador Juan Carlos Guzmán de la Plataforma Energética del Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (CEDLA) y el activista Amos Batto de Reacción Climática, en el conversatorio "Energía, Cambios Globales y Desarrollo". [Contacto: ehuancac@gmail.com]

Fuente: PIEB

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