Tribunal Constitucional falla a favor de Cristina Corrales

Jueves, 04 / Abr / 2002
 
(La Paz - La Razón)
Bolivia.com
El Tribunal Constitucional falló que Cristina Corrales dirija el órgano
edil hasta el 2005, pero si insiste en ir al Parlamento debe renunciar.

El Tribunal Constitucional declaró que el artículo 24 del Reglamento General del Concejo Municipal de La Paz no se ajusta a los preceptos contenidos en la Carta Magna.
En consecuencia, Cristina Corrales, si así lo decide, podrá permanecer al frente del Legislativo edil hasta el 2005, cuando fenecerá el mandato.
Al mismo tiempo, Corrales es candidata a una senaturía y a una diputación por el MIR, partido que la acogió junto a su esposo, Gonzalo Ruiz.

El artículo demandado dispone que “la duración del mandato de los miembros de la directiva del Concejo Municipal será de un año, pudiendo ser reelectos”.
El esposo de Corrales interpuso un recurso directo o abstracto de nulidad contra esa disposición y el Tribunal emitió la sentencia 34/2002 que declara su inconstitucionalidad.
Esta disposición no contraviene el artículo 14 de la Ley de Municipalidades aprobada el 22 de enero, que dispone una duración de un año para las directivas de los concejos edilicios de todo el país.

La sentencia constitucional establece que esta disposición tendrá validez para lo futuro, por lo que las nuevas mesas directivas durarán 12 meses.

La Corte Nacional Electoral ratificó ayer que los concejales incluidos en las listas de candidatos a los cargos parlamentarios deben renunciar como máximo hasta 60 días antes de las elecciones, vale decir, hasta el 30 de este mes.

Con esa resolución de por medio, Corrales, para permanecer al frente del Concejo Municipal paceño, deberá renunciar a su doble candidatura y si desea mantener su postulación, deberá dimitir a su actual cargo edilicio.
Si renunciara a sus candidaturas, su esposo Gonzalo Ruiz Paz, quien aparece como su suplente en las listas del MIR a la diputación uninominal, pasará a ser el aspirante a ese cargo titular electivo.
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