Los jurados electorales comenzaron a excusarse este lunes 23 de febrero. Foto: ABI
A partir de este lunes 23 de febrero comenzó el plazo para excusarse ante los Tribunales Departamentales Electorales (TED) como jurado electoral. Reportan largas filas, desde temprano, en Cochabamba.
"Yo tengo 72 años, no puedo ser jurado. Pero me tocó estar aquí desde las cinco de la madrugada", se quejó una de las personas en la fila en Cochabamba tras presentarse a tramitar su excusa.
Los mismo se reportó en redes en Santa Cruz de la Sierra. El trámite se realiza de manera presencial en los Tribunales Electorales Departamentales (TED) correspondientes al domicilio del jurado y habrá chance hasta el próximo 1 de marzo.
La relevancia de estas fechas radica en que permiten a los ciudadanos organizarse con antelación, respaldando sus solicitudes con documentación adecuada para evitar rechazos de la excusa.
¿Cuáles son las excusas válidas?
Las excusas deben basarse en causales establecidas por la normativa electoral establecida en la Ley 018 y requieren respaldo documental:
- Enfermedad probada con certificación médica.
- Estado de embarazo avanzado
- Fuerza mayor o caso fortuito por ejemplo, viajes programados, emergencias o estar fuera del país, debidamente comprobado con un justificativo.
- Ser dirigente o candidato de organizaciones políticas, con acreditación oficial.
- Otras situaciones como ser personal de emergencia como médicos, enfermaras o policías en servicio durante la votación.
El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Gustavo Ávila, aseguró que todas las excusas que sean de enfermedad o motivos fortuitos deben certificarse con un "documentos respaldado" que justifique la ausencia.
Hay que recordar que las sanciones por incumplimiento como jurados electorales son severas; existe una multa económica que equivale al 50% del salario mínimo nacional vigente y asciende a Bs. 1650 a quienes no asistan ni justifiquen la falta durante la jornada y haya sido elegido como jurado.
Las personas que incumplan sin excusa válida pueden quedar inhabilitadas para participar en futuros procesos electorales como por ejemplo, no poder votar o ser excluidas del padrón en comicios posteriores según sean las sanciones del caso.
Las sanciones se imponen por el TSE o TED correspondientes al jurado que cometa la falla, y no cumplir puede afectar trámites administrativos como la obtención de certificados o acceso a ciertos servicios públicos en periodos postelectorales.
La normativa enfatiza que ser jurado es una garantía de democracia; por ello, se insta a presentar excusas dentro del plazo vigente hasta el 1 de marzo de 2026 con documentación probatoria para evitar estas penalidades.