Defensor del Pueblo apoya nueva Ley del Tipnis

En un comunicado público, el Defensor del Pueblo se refirió a la aprobación de la ley aprobada esta semana en las cámaras alta y baja por el oficialismo.

David Tezanos Pinto, Defensor del Pueblo. Foto. Foto: ABI
David Tezanos Pinto, Defensor del Pueblo. Foto. Foto: ABI

En un comunicado público, el Defensor del Pueblo se refirió a la aprobación de la ley aprobada esta semana en las cámaras alta y baja por el oficialismo.

"La mayoría de las comunidades del TIPNIS han expresado sus necesidades de acceso a caminos vecinales, viviendas, servicios básicos, salud equipamiento y construcción educativa (infraestructura para internados, bibliotecas, unidades educativas, viviendas para docentes), entre otros. Desconocer el marco normativo, jurisprudencial e histórico de este proceso de decisión de las comunidades del TIPNIS, violaría los derechos sus habitantes a través de la postergación, dejándolos en el oprobio", subraya un comunicado del Defensor del Pueblo.

A juicio de esta entidad, el levantamiento de la intangibilidad del TIPNIS responde al proceso de consulta a los pueblos Mojeño-Trinitario, Chimane y Yuracaré y sus 69 comunidades, en el marco de sus usos y procedimientos propios, siendo los únicos sujetos de la consulta en virtud de su competencia exclusiva conforme a la Constitución, la libre determinación, el autogobierno y la autonomía indígena y la capacidad de decidir el sistema y su visión de desarrollo.

Recordó que éntrelos principales resultados del proceso de consulta a las 69 comunidades del TIPNIS: 58 comunidades (el 84%) aceptaron la Consulta y 11 (el 16%) decidieron no ejercer ese derecho; 57 comunidades (el 82%) pidieron derogar la Ley N° 180; 55 comunidades (el 80%) dijeron sí a la construcción de la carretera San Ignacio de Moxos - Villa Tunari, y 3 comunidades (el 4%) rechazaron la carretera.

"A partir de lo señalado, se debe considerar lo establecido por el Artículo 10 de la Ley N° 222, de 10 de febrero de 2012: "Los acuerdos logrados en el proceso de Consulta son de cumplimiento obligatorio para el Estado Plurinacional y los pueblos indígena originario campesinos Mojeño-Trinitario, Chimane y Yuracaré", complementa el documento.

"Es necesario aclarar que las comunidades indígena originario campesinas Mojeño-Trinitarias, Chimanes y Yuracarés, que habitan el TIPNIS, no son naciones y pueblos indígena originarios en situación de no contacto o aislamiento voluntario, como es el caso de los Toromonas o los Ayoreos, entre otros; los cuales han asumido como estrategia de sobrevivencia física y cultural la discontinuidad de relaciones sostenidas con la población mayoritaria. La mayoría de las comunidades del TIPNIS exigen, tienen y ejercen el derecho a la participación y el desarrollo con identidad en sus comunidades", subraya el comunicado.

El Defensor del Pueblo consideró que algunas opiniones con discurso ambientalista cuestionan el levantamiento de la intangibilidad del TIPNIS, inobservando la realidad, las necesidades, la decisión y libre determinación de quienes lo habitan, así como el proceso llevado a cabo, sin considerar que están negando el ejercicio del derecho a la consulta que les es exclusivo en respeto a su visión de desarrollo y gestión territorial, sobre la cual no puede imponerse otra visión que implique someterlos y privarlos del acceso a la salud, a la educación, a medios de comunicación, al uso y aprovechamiento de los recursos naturales existentes en su territorio. ABI

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