Por: ABI • Bolivia.com

Gobierno impulsa la eliminación de la brecha salarial entre mujeres y hombres

La autoridad gubernamental agregó que en el sector privado se ha identificado la brecha salarial y ahora se busca revertir esa realidad.

Brecha salarial entre mujeres y hombres. Foto: Shutterstock
Brecha salarial entre mujeres y hombres. Foto: Shutterstock

La autoridad gubernamental agregó que en el sector privado se ha identificado la brecha salarial y ahora se busca revertir esa realidad.

La ministra de Trabajo, Verónica Navia, informó que el gabinete ministerial aprobó un decreto supremo para impulsar la igualdad de oportunidades con el fin de contribuir a la eliminación de la brecha salarial entre mujeres y hombres.

"Hay mandatos constitucionales que han quedado pendientes, incluso, desde anteriores gestiones, por ejemplo, tenemos la eliminación de la brecha salarial, que por mandato constitucional tenemos que trabajar desde este despacho y ya lo hemos estado haciendo; hemos presentado un proyecto de decreto supremo que (luego) ha sido aprobado en el gabinete para la incorporación de las mujeres en igualdad de oportunidades, eliminando la brecha salarial", explicó la autoridad.

La autoridad gubernamental agregó que, principalmente, en el sector privado se ha identificado la brecha salarial y ahora se busca revertir esa realidad, para brindar espacios de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

Pues "también hay muchos (varones) que no gozan de la oportunidad en igualdad de condiciones para acceder a puestos laborales", advirtió.

El artículo 1 del Decreto Supremo N° 4401, del 25 de noviembre de 2020, establece que esta norma "tiene por objeto impulsar medidas para la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, la remuneración y el trato igualitario en el trabajo entre mujeres y hombres, con el fin de contribuir en la eliminación de la brecha salarial".

Asimismo, el artículo 2 precisa que este decreto será de aplicación "en los Órganos del Estado Plurinacional, instituciones que ejercen funciones de control, de defensa de la sociedad y del Estado, entidades territoriales autónomas, universidades públicas, empresas públicas, instituciones financieras bancarias y no bancarias, instituciones públicas de seguridad social y empresas estatales constituidas como Sociedad Anónima Mixta - S.A.M. y aquellas en las que el Estado tenga mayoría accionaria"; además de las personas naturales y jurídicas del sector privado, que tengan carácter de empleadora o empleador.

En tanto, la disposición final única aclara que la aplicación de esta normativa no implicará recursos adicionales del Tesoro General de la Nación (TGN).

@abi_bolivia

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