Por: ABI - Redacción Actualidad • Bolivia.com

Amplían al 31 de marzo vigencia de cédulas de identidad y licencias de conducir vencidas

El Gobierno amplió hasta el 31 de marzo la vigencia de las cédulas de identidad y las licencias de conducir caducadas.

Cédula de identidad. Foto: ABI
Cédula de identidad. Foto: ABI

El Gobierno amplió hasta el 31 de marzo la vigencia de las cédulas de identidad y las licencias de conducir caducadas.

El Gobierno amplió la vigencia, hasta el 31 de marzo de 2021, de las cédulas de identidad y de las licencias de conducir que estén vencidas. Además, estableció las potestades de las Alcaldías y Gobiernos departamentales en el control de las medidas de bioseguridad en el autotransporte.

Estas disposiciones están contenidas en el Decreto Supremo Número 4451 que busca establecer medidas y acciones orientadas a continuar la contención y reducción de contagios en la segunda ola de la COVID-19, con la finalidad de proteger la salud y la vida de la población.

El artículo 17 de la mencionada norma indica que "se amplía la vigencia de las Cédulas de Identidad – C.I. y de las Licencias para Conducir que se encuentran vencidas a la fecha de publicación del presente Decreto Supremo, hasta el 31 de marzo de 2021".

Respecto al autotransporte, el Decreto indica que "los Gobiernos Autónomos Departamentales y los Gobiernos Autónomos Municipales, en el marco de sus competencias y responsabilidades, y de acuerdo al Índice de Alerta Temprana emitido por el Ministerio de Salud y Deportes, deberán establecer las medidas de bioseguridad para las actividades del servicio de transporte público local, municipal e interprovincial, según corresponda".

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Para evitar el incremento de contagios, agrega la norma legal, las Alcaldías y Gobernaciones, en el marco de sus competencias, normarán:  "a) Los horarios de atención en los centros comerciales, tiendas y otro tipo de establecimientos comerciales; b) La suspensión de eventos sociales y folclóricos que aglomeren personas; c) El aforo para el desarrollo de actividades deportivas, culturales y religiosas en espacios cerrados; d) El aforo en la prestación de servicios en restaurantes, bares, discotecas y otros establecimientos que realizan actividades de recreación".

El decreto también menciona al teletrabajo como la opción preferente para personas mayores de 65 años, mujeres embarazadas y personas con enfermedades crónicas.

En este sentido, la norma establece "alternar al personal del sector público y privado, entre la asistencia física a su fuente de trabajo y teletrabajo uno (1) o dos (2) días por medio, atendiendo las condiciones de trabajo y el número de personas del establecimiento laboral”.

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