Por: Mary Mora con información de ABI • Bolivia.com

Decreto determina que el contrato para la venta de inmueble deberá cumplir 17 requisitos

Esa norma fue creada tras recibir 32.000 denuncias sobre hechos irregulares en la venta bienes inmuebles que se dieron en diferentes urbanizaciones o proyectos inmobiliarios.

Inmuebles que ofertan departamentos en la urbe paceña. Foto: ABI
Inmuebles que ofertan departamentos en la urbe paceña. Foto: ABI

Esa norma fue creada tras recibir 32.000 denuncias sobre hechos irregulares en la venta bienes inmuebles que se dieron en diferentes urbanizaciones o proyectos inmobiliarios.

Recientemente, el Gobierno aprobó el Decreto Supremo (4732) que establece que el contrato de venta o preventa de un bien inmueble deberá cumplir al menos 17 requisitos mínimos para ser certificado por el Ministerio de Justicia para evitar estafas.

"El decreto establece 17 requisitos mínimos que debe contemplar un contrato para ser certificado por el Ministerio de Justicia. Esa certificación te va a dar la certeza y la seguridad jurídica que la transacción que tú estás realizando es segura", dijo el viceministro de Defensa al Consumidor, Jorge Silva en contacto con Bolivia Tv.

El viceministro explicó que algunos de esos requisitos son que se exigirá la identificación del propietario, además de la acreditación del Folio Real, cuya la legitimidad y autenticidad será solicitado a Derechos Reales a través del Consejo de la Magistratura. 

"Tercero tiene que acreditar los planos, autorizados por la alcaldía, si son lotes de terreno, si es urbanización, la planimetría, los documentos técnicos que acrediten la autorización del gobierno municipal", añadió.

Indicó que las personas que quieran denunciar sobre clausulas o prácticas comerciales abusivas en contrato de venta o preventa de un bien inmueble pueden revisar el decreto que se ampara en la Ley N° 453, de 4 de diciembre de 2013, General de los Derechos de las Usuarias y los Usuarios y de las Consumidoras y los Consumidores, disponible en la página de la Gaceta y recurrir al Ministerio de Justicia. 

El Gobierno nacional puso en vigencia el DS 4732, que tiene por objetivo prevenir "cláusulas y prácticas comerciales abusivas" en contratos relacionados a la venta futura de bienes inmuebles.

Según Silva, esa norma fue creada tras recibir 32.000 denuncias sobre hechos irregulares en la venta bienes inmuebles que se dieron en diferentes urbanizaciones o proyectos inmobiliarios en las ciudades de Santa Cruz, Potosí, Oruro, Cochabamba, La Paz, El Alto y Sucre.

¿Cuáles son los requisitos?

El artículo cuarto del DS 4732 señala que los contratos deberán contener:

  1. Identificación del propietario del bien inmueble.
  2. Identificación del promotor, intermediario, constructor u otro a cargo de la venta, cuando corresponda.
  3. Identificación de los documentos que acrediten la propiedad del bien inmueble en el cual se ejecutará el proyecto objeto del contrato y/o documentos con facultades de disposición del bien inmueble.
  4. Acreditación del derecho propietario del bien inmueble, Folio Real y escritura pública de propiedad y otros, en el cual se ejecutará el proyecto, objeto del contrato.
  5. Documento con facultades de disposición del bien inmueble y cesión de derechos, sin limitación.
  6. Cláusula que permita al comprador transferir el inmueble o realizar cualquier tipo de cesión de derechos o accesorios.
  7. Cláusula de obligación de entrega inmediata del título de propiedad al comprador, una vez pagado el precio de venta acordado. Esta obligación debe establecerse de forma expresa, así como las sanciones por su incumplimiento.
  8. Disposición expresa de no modificación unilateral del precio de venta acordado entre partes.
  9. Cláusulas que no sean desproporcionales para la usuaria y usuario, consumidora o consumidor.
  10. Fecha de inicio de la obra, cuando corresponda.
  11. Fecha de entrega del bien inmueble objeto del contrato.
  12. Todos los pagos que la usuaria o usuario, consumidora o consumidor debe realizar como parte del precio de venta acordado, así como pagos por otros conceptos.
  13. La superficie del bien inmueble y sus características técnicas.
  14. Toda obligación existente sobre el bien inmueble, incluyendo tributos.
  15. Planos autorizados y permisos de construcción otorgados por el Gobierno Autónomo Municipal, para proyectos inmobiliarios.
  16. Documento de administración de territorio aprobado por el Gobierno Autónomo Municipal, para lotes.
  17. Cláusula que establezca el porcentaje de áreas comunes.