Personas que cambiaron de identidad podrán votar el domingo. Foto: ABI
El Órgano Electoral Plurinacional (OEP) determinó medidas para que las personas que cambiaron de nombre, dato de sexo o imagen mediante un procedimiento administrativo, puedan ejercer su derecho al voto sin tener inconvenientes este 7 de marzo.
Las personas que cambiaron su registro electoral antes del 17 de diciembre de 2020 y votaron en el anterior proceso electoral ya cuentan con un registro actualizado en el Padrón Electoral Biométrico y, por tanto, pueden dirigirse directamente a sus mesas de sufragio con su cedula de identidad vigente, indica un reporte de prensa.
Las personas que concluyeron el trámite en el marco de la Ley N° 807 de Identidad de Género y obtuvieron una cédula de identidad con nuevos datos, pero no realizaron los cambios respectivos durante el empadronamiento permanente o masivo, o lo hicieron después del 17 de diciembre de 2020, aún figuran con su identidad anterior en la lista índice de cada mesa de sufragio.
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En esos casos, pueden presentarse en su mesa de sufragio con su resolución del SERECI , junto con su carnet de identidad vigente.
La presidenta o presidente de mesa deberá considerar la situación y la Resolución del SERECI para que la persona interesada pueda votar en los comicios del domingo , indica el informe institucional.
Respecto a las personas que no concluyeron el trámite de cambio de nombre, dato de sexo y/o imagen y, por lo tanto, puedan tener problemas de identificación, la presidenta o presidente de mesa deberá revisar la cédula de identidad vigente de la persona interesada y alguna otra documentación que certifique el inicio del trámite en el marco de la Ley N° 807 para que pueda votar.
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Las personas que cambiaron sus datos de identidad en el marco de la Ley N° 807 de Identidad de Género y no lograron actualizar sus datos en el Padrón Electoral antes del 17 de diciembre del 2020, podrán votar con su resolución de SERECI que acredita dicho cambio o un documento que acredite el inicio de este trámite , indica el informe.
El OEP recomendó a los jurados electorales consultar o solicitar orientación a los notarios si surgieran otros inconvenientes y les recordó que tienen el deber de velar por el respeto de los derechos políticos de toda la ciudadanía.
El voto de la población LGBTI (lesbiana, gay, bisexual, transgénero e intersexual), así como el de cualquier ciudadano es importante para la construcción de un país democrático e inclusivo, señala el reporte de prensa.