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Alcaldía de La Paz descarta autorizar el consumo de bebidas alcohólicas en fiestas

La Alcaldía de La Paz descató autorizar el consumo y expendio de bebidas alcoholicas en fiestas.

La Paz no autorizará el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en fiestas. Foto: Pixabay
La Paz no autorizará el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en fiestas. Foto: Pixabay

La Alcaldía de La Paz descató autorizar el consumo y expendio de bebidas alcoholicas en fiestas.

El secretario municipal de Desarrollo Económico de La Paz, Sergio Siles, desestimó, este domingo, toda posibilidad de autorizar el expendio y consumo de bebidas con alcohol en locales de fiestas y salones de eventos.

"No sólo es un gremio con el que se ha trabajado los protocolos de bioseguridad (...) actualmente las condiciones están dentro de una pandemia vigente. Permitir el expendo de bebidas alcohólicas pone en riesgo la salud de la población, llevaría a una relajación en los protocolos de bioseguridad como el uso del barbijo y la distancia física", puntualizó.

En este sentido, la autoridad del municipio paceño advirtió sobre el riesgo que implica para todo el trabajo desarrollado por la comuna contra la pandemia, durante varios meses.

Representantes y administradores de locales de fiestas manifestaron su pedido para que se autorice el consumo y expendio de bebidas con alcohol como parte de las actividades de los locales de fiestas, inclusive, solicitaron audiencia con el alcalde Luis Revilla.

"Todos los rubros han entendido la etapa de la pandemia, los restaurantes son el mejor ejemplo están funcionado con 50% de su aforo y no tienen necesidad de expender bebidas alcohólicas", dijo.

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Crisis sanitaria: Alcaldí...

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Toda posibilidad de flexibilizar las restricciones impuestas por la pandemia del coronavirus está sujeta a una evaluación que debe realizar el Comité de Emergencia Departamental (COED), a partir de un seguimiento al funcionamiento de estas actividades comerciales.

Entretanto, Siles recordó que el incumplimiento a las disposiciones ediles, en una primera instancia, corresponde la suspensión inmediata del evento, en caso de reincidencia la suspensión del local por 10 día hábiles y, por un tercer incumplimiento, se iniciará el proceso de clausura del local.

Los horarios habilitados para el funcionamiento de estos centros de esparcimiento son de 10:00 a 19:00.

Asimismo, recordó la vigencia y la obligatoriedad de los dueños o administradores de los locales de presentar una declaración jurada acerca de las características de los eventos a realizar. El documento también puede ser requerido de manera electrónica en el sitio web de la Alcaldía de La Paz.

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