Cabe señalar que el pago del aguinaldo corresponde a un mes de salario. Foto: Shutterstock
En semanas pasadas, el Ministerio de Trabajo de Bolivia anunció el pago del aguinaldo de Navidad a través de un comunicado en el que se definían los plazos y otros detalles sobre el pago de este beneficio.
El Ministerio de Trabajo señaló en el instructivo que todas las instituciones públicas, empresas privadas u otras que se rigen por la Ley General del Trabajo, están en la obligación de pagar a sus trabajadores el aguinaldo de Navidad.
“Toda institución, empresa pública, privada, comercial, industrial, de servicios y de cualquier otra actividad o negocio sin fines de lucro, cuyos trabajadores se encuentran balo la aplicación de la Ley General del Trabajo, deberá pagar a sus trabajadores el Aguinaldo de Navidad”, decía el instructivo.
¿Cuándo debe pagarse el aguinaldo?
El instructivo establece plazos para el pago del aguinaldo de Navidad, se conoce que debe realizarse hasta el sábado 20 de diciembre de 2025 de forma impostergable. Cabe señalar que el incumplimiento de estos plazos estará sujeto a sanciones y multas.
De acuerdo con el Ministerio de Trabajo la sanción por no cumplir con el pago del aguinaldo será el pago doble del beneficio, además de una multa por la infracción de la ley del Trabajo.
En el caso del sector público, es importante conocer, que se considera que el día 20 de diciembre es sábado, el pago del aguinaldo debe realizarse hasta el 19 de diciembre de forma impostergable.
¿Cómo es el pago?
De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, la base del cálculo para el pago del aguinaldo para trabajadores del sector privado, es en función del total ganado de los últimos tres meses anteriores al pago de este beneficio o los tres meses anteriores a la extinción de la relación laboral.
Mientras tanto, en el sector público, se conoce que la base del cálculo para el pago del beneficio es sobre el promedio del total ganado en los últimos tres meses, excluyendo otras bonificaciones no recurrentes, acumulaciones y otros.
“El aguinaldo no es susceptible de embargo judicial; retención; descuento por concepto de impuestos o aportes; renuncia; compensación o transacción”, dice el instructivo.
Cabe señalar que el pago del aguinaldo corresponde a un mes de salario, sin embargo, si el trabajador no prestó servicios durante los 12 meses completos, se procederá al pago por duodécimas en proporción al tiempo trabajado.