Por: ABI • Bolivia.com

Declaran en rebeldía a Arturo Murillo y Luis Fernando López por el caso gases lacrimógenos

Luego de que se llevara a cabo la audiencia cautelar del caso gases lacrimógenos, la autoridad jurisdiccional dispuso la declaratoria de rebeldía de los exministros Arturo Murillo y Fernando López.

El exministro de Gobierno Arturo Murillo. Foto: ABI
El exministro de Gobierno Arturo Murillo. Foto: ABI

Luego de que se llevara a cabo la audiencia cautelar del caso gases lacrimógenos, la autoridad jurisdiccional dispuso la declaratoria de rebeldía de los exministros Arturo Murillo y Fernando López.

Tras llevarse a cabo la audiencia cautelar sobre el caso gases lacrimógenos, este viernes, la autoridad jurisdiccional dispuso la emisión de una resolución de declaratoria de rebeldía en contra de los exministros Arturo Murillo Prijic y Luis Fernando López Julio, así como las anotaciones preventivas de los bienes de ambos coimputados, informó el fiscal anticorrupción, Junior Flores.

“En definitiva, ya la norma procesal penal ha establecido que cuando un sujeto procesal, previa a su legal notificación no asiste al llamado de la autoridad jurisdiccional, entonces la autoridad lo que hace es aplicar la rebeldía, es decir, el efecto de su rebeldía es que la investigación se va a llevar a cabo en ausencia del sindicado con los efectos, justamente, de una aprehensión a los efectos de que sea conducido a esta autoridad jurisdiccional”, explicó en conferencia de prensa.

Flores además señaló que la declaratoria en rebeldía no impide que el Ministerio Público lleve la investigación a los efectos de esclarecer la verdad histórica de los hechos.

“El fallo radica en juicios declarados rebeldes con la Ley 004, acá lo que se está haciendo es una etapa netamente investigativa donde estamos en una etapa preparatoria, donde el Ministerio Público está acumulando mayores elementos de convicción, eso no impide que el sujeto procesal declarado rebelde pueda comparecer ante la autoridad jurisdiccional y poder proseguir y continuar con los actos investigativos”, mencionó.

Informó que en la audiencia se presentó un abogado que asumió la defensa de López Julio, quien manifestó que su defendido se encuentra en la clandestinidad, criterio que fue valorado por la autoridad.

“Ha manifestado que su cliente estaría en la clandestinidad, criterio que ha sido valorado por la autoridad, empero, las diligencias han sido corridas conforme establece la Ley 1970, es decir, que han cumplido la finalidad y ellos tenían la obligación de comparecer ante la autoridad jurisdiccional”, remarcó.

Asimismo, adelantó que el Ministerio Público activará todos los mecanismos necesarios para acortar los plazos y así poder llegar a una verdad histórica de los hechos, tener un requerimiento conclusivo y la participación de cada uno de los implicados.

Sobre la anotación preventiva de los bienes de ambos imputados, dijo que la autoridad jurisdiccional emitirá una resolución judicial que establece las características de esta determinación.

“Entiendo yo que se va a emitir oficios a las diferentes instituciones a los efectos no solamente del congelamiento de cuentas, sino también de la anotación preventiva de bienes que estarían registrados en contra de estos coimputados”, finalizó.

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