Por: ABI • Bolivia.com

"Jeanine Áñez violó al menos nueve artículos de la CPE": asegura el vocero presidencial

Jorge Richter, afirmó este domingo que Jeanine Áñez violó al menos nueve artículos de la Constitución Política del Estado.

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Richter asegura que Añez violó el reglamento de la Asamblea Legislativa. Foto: ABI
Richter asegura que Añez violó el reglamento de la Asamblea Legislativa. Foto: ABI

Jorge Richter, afirmó este domingo que Jeanine Áñez violó al menos nueve artículos de la Constitución Política del Estado.

El vocero presidencial, Jorge Richter, afirmó este domingo que Jeanine Áñez violó al menos nueve artículos de la Constitución Política del Estado (CPE) y el reglamento de la Asamblea Legislativa Plurinacional para autoproclamarse Presidenta del Estado Plurinacional de Bolivia.

“La señora y mucha gente que la acompañó en aquel momento, los coautores que están siendo procesados, han violentado al menos nueve artículos de la Constitución Política del Estado, la inobservancia a los artículos centrales; por ejemplo, arrogarse la soberanía del pueblo para tomar el mando, realizar interpretaciones de los reglamentos de la Cámara de Senadores, de la Cámara de Diputados que rigen las sesiones de la Asamblea Legislativa para que pueda proclamarse primero, presidenta del Senado y después Presidenta del Estado”, señaló al programa Las 7 en el 7. La verdad de los hechos” que se emite por Bolivia TV.

Richter explicó que la expresidenta de facto y sus seguidores vulneraron el Artículo 7 de la Carta Magna que señala que la soberanía reside en el pueblo boliviano, se ejerce de forma directa y delegada. De ella, emanan, por delegación, las funciones y atribuciones de los órganos del poder público, es inalienable e imprescriptible.

Vulneraron el Artículo 161 de la Carta Magna que señala que las Cámaras (de Senadores y Diputados) se reunirán en Asamblea Legislativa Plurinacional para ejercer las siguientes funciones “admitir o negar la renuncia de la Presidenta o del Presidente del Estado, y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado”.

Asimismo, señala que ambas Cámaras se reunirán en Asamblea Legislativa Plurinacional para ejercer las siguientes funciones: Recibir el juramento de la Presidenta o del Presidente del Estado, y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado.

Richter manifestó que lo primero que tenía que suceder, a la luz de la interpretación de la CPE, es que Áñez sea elegida Presidenta de la Cámara de Senadores, hecho que le hubiera permitido dirigir la Asamblea Legislativa, es decir, ser Vicepresidenta en funciones del Estado para que puedan activar la figura del ipso facto que señala que ante la renuncia del Presidente de manera inmediata sin necesidad de ley congresal, ni de resolución congresal, la Presidencia pasa al vicepresidente del Estado, hecho que no sucedió y no hubiera sucedido nunca debido al reglamento de la Asamblea Legislativa Plurinacional.

Fue absolutamente inconstitucional porque lo que la señora Áñez construye un golpe de Estado al que trataron de inferir cierto matiz de constitucionalidad por eso construye algunos elementos como el elementos como el vacío de poder, el comunicado del Tribunal Constitucional Plurinacional para tratar de dotar de que esto tenga un formato, un barniz de constitucionalidad y no te pueda objetar”, explicó.

Subrayó que el Tribunal Constitucional Plurinacional emitió un comunicado sin ningún valor legal sobre la sucesión presidencial porque la entidad se pronuncia a través de sentencias, declaraciones y autos constitucionales, no por simples comunicados.

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