Por: Willmary Montilla • Bolivia.com

El pago del incremento salarial con retroactivo debe ser efectivo el 31 de mayo

El Ministerio del Trabajo informó que el incremento salarial debe hacerse con retroactivo hasta el 31 de mayo. 

En caso de que el salario no llegue al 3 por ciento deberá ser "nivelado". Foto: Twitter Captura @LuisEnr33483555
En caso de que el salario no llegue al 3 por ciento deberá ser "nivelado". Foto: Twitter Captura @LuisEnr33483555

El Ministerio del Trabajo informó que el incremento salarial debe hacerse con retroactivo hasta el 31 de mayo. 

A través de un comunicado, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social informó que el incremento salarial con retroactivo a enero deberá ser pagado hasta el 31 de mayo de forma impostergable. 

“El incremento salarial debe ser efectivo mediante la firma de un Convenio Colectivo entre la parte empleadora y el sindicato o Comité Sindical o, en su caso, por la mayoría de las y los trabajadores de la empresa o establecimiento laboral del sector privado”, reza el documento. 

Además, la decisión quedó en la Resolución Ministerial 752/23 emitida durante este jueves 18 de mayo. En este sentido, se hizo hincapié en que, posterior a su emisión, los trabajadores bolivianos no podrán ganar un salario básico menor al Salario Mínimo Nacional que quedó fijado en Bs. 2.362.

Los únicos que están "fuera de ese decreto" son los trabajadores que ocupen cargos como vicepresidentes, presidentes, gerentes, sub gerentes y directores del sector privado, quienes tengan un salario establecido por las responsabilidades de un cargo de alto nivel.

“Las empresas del sector privado podrán determinar otros porcentajes de incremento salarial, pero en ningún caso deberán ser inferiores al 3% anunciado por el presidente Luis Arce, el 1 de mayo de la presente gestión y sustentado en el DS 4928”, dice el comunicado del Ministerio de Trabajo.  

En caso de que el incremento salarial del 3 por ciento acordado no alcance el Mínimo Nacional "deberá ser nivelado hasta llegar a los Bs. 2.362". Pero si supera el salario Mínimo Nacional establecido para este año, se debe respetar el porcentaje del incremento acordado por esta gestión, concluye el texto. 

Cabe resaltar que el pasado 26 de abril, previo al Día del Trabajador en Bolivia, el Gobierno y la Central Obrera Boliviana (COB) llegaron a un acuerdo salarial del tres por ciento básico y del 5 por ciento al Mínimo Nacional. 

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