Cabe señalar que la norma fue firmada por Rodrigo Paz desde el exterior. Foto: Shutterstock
Este viernes 30 de enero el presidente Rodrigo Paz Pereira promulgó el Decreto Supremo 5533, que ya fue publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia. El nuevo decreto elimina el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la importación de hidrocarburos.
La norma señala que la suspensión del IVA se aplica para la importación de aceite crudo de petróleo, gasolinas para vehículos automóviles y diésel oíl. Esta determinación se pudo conocer a través de la norma.
“Establece que la importación de aceite crudo de petróleo, gasolina para vehículos automóviles y diésel oil, por personas naturales o jurídicas públicas o privadas, está exenta del pago de Impuesto al Valor Agregado – IVA”, dice la norma.
El Decreto Supremo 5533 señala que es necesario reglamentar la exención del IVA a la importación de aceite crudo de petróleo, gasolina para vehículos automóviles y diésel oíl. Cabe señalar que la norma alcanza a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que importen hidrocarburos.
“Está exenta del pago del IVA, la importación de aceite crudo de petróleo, gasolinas para vehículos automóviles y diésel oíl, para las subpartidas arancelarias establecidas en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo”, dice el artículo 2 del Decreto Supremo 5533.
En el anexo de la norma se señalan los productos que estarán exentos de la aplicación del IVA. El documento puede ser obtenido a través de la página web de la Gaceta Oficial de Bolivia.
Cabe señalar que la norma fue firmada por Rodrigo Paz desde el exterior, haciendo uso de la firma digital que fue establecida en el Decreto Supremo 5515 que permite que el mandatario pueda ejercer su cargo, aún estando fuera de Bolivia de manera temporal y a través de medios de tecnológicos de comunicación.
“El señor ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas Públicas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo. Es dado en el Palacio de Gobierno, a los treinta días del mes de enero del año dos mil veintiséis”, dice la norma.
En ese sentido, el canciller Fernando Aramayo dio a conocer que se trabaja desde el despacho digital del presidente Rodrigo Paz Pereira como se establece en uno de los nuevos decretos.
“El trabajo del despacho digital del presidente, es una prueba clara de la acción que se puede dar, por ejemplo, con la suscripción digital de este decreto”, dijo el diplomático.