Por: Micaela Sanjines Ordóñez • Bolivia.com

El INE activó el “Protocolo para Medios de Comunicación” para el Censo de Población y Vivienda en Bolivia

El “Protocolo para Medios de Comunicación” tiene la finalidad de garantizar y facilitar la cobertura del Censo de Población y Vivienda

Los trabajadores de la prensa deberán portar la credencial del medio de comunicación al que pertenecen. Foto: ABI
Los trabajadores de la prensa deberán portar la credencial del medio de comunicación al que pertenecen. Foto: ABI

El “Protocolo para Medios de Comunicación” tiene la finalidad de garantizar y facilitar la cobertura del Censo de Población y Vivienda

Este martes, con miras al Censo de Población y Vivienda 2024, el Instituto Nacional de Estadística (INE) activó el “Protocolo para Medios de Comunicación” que tiene la finalidad de garantizar y facilitar la cobertura de la encuesta nacional que se realizará este sábado 23 de marzo.

En ese sentido, la coordinadora general del Censo 2024, Martha Oviedo explicó que el documento señala los horarios y lugares en los que los trabajadores de la prensa serán censados, además establece el registro de declaraciones e imágenes que pueden realizar en el marco del secreto estadístico.

“En el marco de la Constitución Política del Estado, artículos 106 y 107, está plenamente garantizada la cobertura periodística para el empadronamiento censal”, aseguró Oviedo citada en un reporte institucional del INE.

En cuanto al trabajo de la prensa, la funcionaria precisó que, para facilitar el trabajo de los medios de comunicación, estos deberán remitir a la oficina nacional del INE la lista del personal de turno que realizará la cobertura del Censo. Los datos deben ser enviados hasta el jueves 21 de marzo.

Sumado a esto especificó que los trabajadores de la prensa que trabajarán durante la jornada del Censo de Población y Vivienda 2024 deberán portar la credencial del medio de comunicación al que pertenecen.

Por otro lado, el “Protocolo para Medios de Comunicación”, pide que la prensa respete el momento en el que los ciudadanos sean censados, pues está cubierto por el secreto estadístico que figura en la Ley 1405.

“Tenemos que respetar la información de cada familia y de cada persona. Eso no impide que puedan filmar desde una distancia prudente el empadronamiento, para que las personas puedan conocer cómo se está haciendo el trabajo”, añadió Oviedo.

La misma norma señala que la información proporcionada por la persona censada “no podrá ser revelada en forma individual y solo podrá ser publicada de forma anonimizada”. Esta información tampoco puede ser utilizada con propósitos tributarios, judiciales, administrativos o policiales u otros.