Por: Micaela Sanjines Ordóñez • Bolivia.com

El Gobierno Nacional aclara que el derroche de agua en Carnaval será sancionado

De igual manera está prohibido el uso de piezas de animales silvestres en los trajes de las entradas folklóricas 

Las Alcaldías establecieron multas por el derroche de agua. Foto: Cámara de Senadores
Las Alcaldías establecieron multas por el derroche de agua. Foto: Cámara de Senadores

De igual manera está prohibido el uso de piezas de animales silvestres en los trajes de las entradas folklóricas 

Desde el Gobierno Nacional, recordaron que está prohibido el derroche de agua durante el Carnaval, así como el uso de piezas de animales silvestres en los trajes de las entradas folklóricas que se realizan en todo el país.

En ese sentido, el viceministro de Medio Ambiente, Franz Quispe, señaló en una entrevista con Plus Tv que los infractores serán debidamente sancionados. “Vivamos el Carnaval sin desperdiciar el agua, cuidando el medio ambiente y protegiendo la vida silvestre”, dijo Quispe sobre el tema.

Cabe señalar que el Gobierno Nacional estableció la prohibición por el uso inapropiado del agua potable durante el Carnaval en Bolivia, esto a través de una resolución emitida por el Ministerio de Medio Ambiente y Agua.

La Cartera de Estado especificó que los Gobiernos Autónomos Municipales, son los encargados de emitir las normativas y sanciones correspondientes por el mal uso del agua, en cada municipio del país.

En el caso de la ciudad de La Paz, la Alcaldía multará hasta con 1.200 bolivianos a las personas que vendan globos con agua o comercialicen el recurso hídrico. En el municipio de El Alto, se sancionará la venta de globos con agua y agua congelada con hasta 1.000 bolivianos. De igual manera en Sucre las multas ascienden a 500 bolivianos.

Cabe señalar que anteriormente el viceministro Quispe, señaló que el uso de piezas provenientes de animales en los trajes típicos es un delito que es sancionado con la privación de la libertad, según lo señala la ley 1525.

“La ley 1525 tipifica el tráfico de fauna silvestre y la prohibición de usar partes de los animales silvestres para los trajes de los danzarines de los diferentes conjuntos, así como en las fiestas patronales. Esto está tipificado como un delito que tiene como pena privativa de libertad”, señaló el viceministro.

La norma señala que la persona que, sin autorización legal de la Autoridad Ambiental Competente Nacional, “capture, posea, adquiera, trasporte, almacene, introduzca o extraiga del país un espécimen, especies de fauna y flora silvestre con fines comerciales o algunas de sus partes o derivados o recursos genéticos” será sancionada.

Las penas para este delito oscilan entre dos a seis años de cárcel que podrán ser agravadas cuando el espécimen haya sido catalogado como vulnerable o en peligro.

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