El Sereci y el Gobierno Nacional buscan incluir como causa de muerte la “desaparición forzada”
El Sereci quiere incluir como causal de deceso la “desaparición forzada” en el certificado de defunción
El Sereci quiere incluir como causal de deceso la “desaparición forzada” en el certificado de defunción
Esta semana, el procurador general del Estado, César Siles, informó que el Servicio de Registro Cívico (Sereci) trabaja en la actualización de su reglamento, la institución busca incluir una nueva causa de muerte para los certificados de defunción.
Siles señaló que debido a que la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas obliga al Estado otorgar medidas legislativas para incluir como causal de muerte la “desaparición forzada” en el certificado de defunción.
“La Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas nos obliga al Estado Boliviano a dar medidas legislativas o administrativas para lograr incluir en los certificados de defunción como causal de muerte la desaparición forzada”, aseguró Siles.
En ese sentido explicó que la determinación fue asumida en el documento de opiniones procuraduriales especializadas, que fue realizado por la Procuraduría y que fue presentado este viernes ante la opinión pública.
“Se hizo el análisis procuradurial y concluyó en que no se requiere de mayor normativa que un reglamento que debe modificar el Sereci, permitiendo que esta causal de fallecimiento de muerte figure en el documento de defunción”, añadió.
Es así que, en ese marco, el procurador recordó que cientos de personas desaparecieron en las dictaduras militares en el periodo de 1964 a 1982, por lo que esta causa de muerte cuenta con un respaldo.
De igual forma explicó que la normativa vigente del Sereci permitía hacer un solo trámite judicial de defunción por “muerte presunta”, sin embargo, la institución actualiza su reglamento.
“El Sereci está actualizando su reglamento y seguramente nos darán la versión actual de ese reglamento que va a poder permitir como causal de muerte la desaparición forzada”, dijo Siles.
Cabe señalar que de acuerdo con la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas se entiende por desaparición forzada “el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado”.