Habilitan una licencia de conducir provisional para jóvenes de 16 años ¿Cómo obtenerla?
Los jóvenes podrán acceder a esta licencia de conducir provisional para conducir vehículos particulares de hasta siete pasajeros

Los jóvenes podrán acceder a esta licencia de conducir provisional para conducir vehículos particulares de hasta siete pasajeros
El Gobierno de Bolivia aprobó un Decreto Supremo que permite que los jóvenes bolivianos que hayan cumplido 16 años, puedan obtener una autorización provisional para conducir vehículos particulares de hasta siete pasajeros.
"Las y los jóvenes que hayan cumplido dieciséis (16) años, hasta que cumplan dieciocho (18) años, podrán obtener una autorización provisional para conducir vehículos motorizados terrestres, previo cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en el presente Decreto Supremo", señala el DS 5364.
Esta autorización contempla la licencia de conducir de dos categorías, la primera para quienes tienen vehículos de dos o tres ruedas y la otra para automóviles, camionetas y otros de uso particular.
La autorización o licencia de conducir provisional tendrá vigencia hasta que el titular alcance la mayoría de edad. Durante este periodo, los padres o tutores asumirán la responsabilidad civil por cualquier infracción, daño o falta cometida por el conductor.
En la norma también se expone los requisitos para obtener la licencia de conducir provisional, conócelos:
- Tener mínimamente 16 años y ser menor de 18 años de edad.
- Contar con la autorización de uno de los padres, guardadores o tutores.
- Contar con un registro y cédula de identidad digitalizada y biometrizada en el Sistema de Registro Único de Identificación – SRUI, sin observaciones.
- No tener ninguna observación pendiente, ni restricción registrada en el SEGIP.
- Contar con un certificado de capacitación de conducción acorde al tipo de vehículo de la subcategoría de autorización provisional para conducir solicitada
- Contar con certificado de aprobación del examen de habilidades de conducción, supervisado por el Segip.
- Certificado médico que establezca el tipo sanguíneo y la evaluación física, visual y auditiva, otorgado por una institución de salud registrada en el Segip.
- Contar con informe de evaluación psicológica que establezca su madurez, otorgado por un profesional especializado de establecimiento de salud autorizado por el Servicio Departamental de Salud (Sedes) y registrado en el Segip.
- Presentar certificados de antecedentes policiales de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN), de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) y Tránsito.