Por: Micaela Sanjines Ordóñez • Bolivia.com

El Min de Trabajo recibirá denuncias por incumplimiento en el pago del retroactivo del incremento salarial

Las autoridades aseguraron que el pago del retroactivo no es negociable y debe ser cancelado en un solo pago

Cabe señalar que este 31 de mayo se vence el plazo para el pago del retroactivo a enero. Foto: ABI
Cabe señalar que este 31 de mayo se vence el plazo para el pago del retroactivo a enero. Foto: ABI

Las autoridades aseguraron que el pago del retroactivo no es negociable y debe ser cancelado en un solo pago

Desde el Ministerio de Trabajo, anunciaron que, a partir del 3 de junio, se recibirán las denuncias de los trabajadores por el incumplimiento en el pago del retroactivo del incremento salarial de este año.

En ese sentido, el director General de Trabajo, Yecid Mollinedo, informó que los y las trabajadoras podrán acudir al Ministerio de Trabajo o a las jefaturas departamentales o regionales para realizar las denuncias.

“A partir del lunes, la trabajadora o el trabajador que no hubiera sido beneficiado con este incremento salarial puede presentarse ante el Ministerio de Trabajo o en cualquiera de sus jefaturas departamentales o regionales, y presentar la denuncia respectiva”, explicó Mollinedo.

El director General de Trabajo señaló que, para la denuncia, el trabajador no requiere la presencia física de un abogado, porque tras la denuncia, el Ministerio de Trabajo activará el verificativo correspondiente.

De igual forma, Mollinedo aseguró que el retroactivo no es negociable y debe ser cancelado en un solo pago, no se puede fraccionar en partes.

Cabe señalar que este 31 de mayo se vence el plazo para el pago del retroactivo a enero del incremento salarial de esta gestión. En ese sentido, las empresas públicas y privadas deben hacer la cancelación del retroactivo, caso contrario serán pasibles a multas y procesos.

Sumado a esto se conoció que los empleadores deben presentar los documentos correspondientes que certifiquen el pago retroactivo del incremento salarial hasta el 30 de junio, como establece la Resolución 521/24.

Hay que conocer que la Resolución 521/24 reglamentó la aplicación del incremento salarial en el sector privado para todas las modalidades de contratos de trabajo asalariado, cuya base de negociación es del 3% al salario básico, lo que no impide que se establezcan porcentajes superiores de incremento.

Hay que recordar que el 1 de mayo el Gobierno Nacional y la Central Obrera Boliviana (COB) oficializaron el incremento salarial de 3% al haber básico y de 5,85% al mínimo nacional. Con el incremento, el salario mínimo nacional alcanza a 2.500 bolivianos.