Por: Redacción Actualidad • Bolivia.com

Conozca cómo obtener el certificado de exención en caso de que no haya podido votar

Conozca cómo de realizar el trámite para obtener el certificado de exención si es que no pudo acudir a votar.

Personas hacen fila para justificar su inasistencia en las elecciones. Foto: EFE
Personas hacen fila para justificar su inasistencia en las elecciones. Foto: EFE

Conozca cómo de realizar el trámite para obtener el certificado de exención si es que no pudo acudir a votar.

Las personas que no puedieron sufragar el pasado domingo 18 de octubre, podrán obtener hasta el 18 de noviembre un certificado de exención en los distintos Tribunales Electorales Departamentales (TED).

Para obtenerlo, la persona deberá justificar el motivo por el cual no pudo votar. La Ley 026 establece que: "dentro de los treinta días siguientes al día de la votación, podrán tramitar el Certificado de Exención ante los Tribunales Electorales Departamentales, acompañando prueba documental pertinente".

El trámite es personal y requiere de una fotocopia de la cédula de identidad además de una prueba que justifique por qué no pudo ir a votar.

Por ejemplo, en el caso de personas que retornaron al país, deberán presentar su documento que acredite esto, como su pasaje con el sello de ingreso.

El certificado de sufragio es un documento necesario para quienes optan a un cargo público, realizan transacciones bancarias o desean obtener el pasaporte; y será exigido los siguientes 90 días luego de las elecciones.

Personas hacen fila para justificar su inasistencia en las elecciones. Foto: EFE
Personas hacen fila para justificar su inasistencia en las elecciones. Foto: EFE

Los TED de Cochabamba y La Paz tuvieron largas filas de personas que llegaron para obtener el certificado de exención. Además se registraron quejas por la falta de información sobre los requisitos para este trámite.

En Santa Cruz, el TED habilitó seis puntos para descentralizar el proceso y evitar la aglomeración de personas.

Multas y excepciones

Personas hacen fila para justificar su inasistencia en las elecciones. Foto: EFE
Personas hacen fila para justificar su inasistencia en las elecciones. Foto: EFE

Las personas mayores de 60 años no están obligadas a votar por lo que no se les exigirá el certificado de sufragio para ningún trámite.

Por otra parte, la norma vigente establece que la personas que no acudieron a votar deberán pagar un multa que corresponde al 10% del salario mínimo nacional. Es decir, 212,20 bolivianos.

En el caso de jurados que no hayan asistido a los comicios la multa es todavía mayor, teniendo que pagar el equivalente al 30% del salario mínimo, lo que equivale a 636,60 bolivianos.
 

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