Por: Micaela Sanjines Ordóñez • Bolivia.com

El Gobierno determinó disponer el uso de 6% de las utilidades de la banca para fondos de gremiales y vivienda social

Marcelo Montenegro detalló que este porcentaje representa los 15,7 millones de dólares que obtuvieron las entidades financieras en la gestión pasada

Montenegro afirma que la norma busca diversificar las oportunidades a los que menos tienen. Foto: Facebook Min de Economía
Montenegro afirma que la norma busca diversificar las oportunidades a los que menos tienen. Foto: Facebook Min de Economía

Marcelo Montenegro detalló que este porcentaje representa los 15,7 millones de dólares que obtuvieron las entidades financieras en la gestión pasada

El Gobierno Nacional aprobó el Decreto Supremo (DS) 5096 con el cual se destinará el 6% de las utilidades netas de la banca de la gestión 2023, para el cumplimiento de la función social, que abarca los fondos para garantías del sector gremial, el crédito de vivienda social y otras actividades.

“Este porcentaje es del 6% y más o menos ronda por los 15,7 millones de dólares que han obtenido en la gestión pasada”, señaló el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro.

Montenegro informó este miércoles que el Gobierno lanzó tres decretos, uno de ellos instruye destinar las utilidades que generaron las entidades financieras a la conformación de Fondos de Garantía, como el Fondo de Garantías de Créditos de Vivienda de Interés Social (FOGAVISP); Fondo de Garantías de Créditos al Sector Productivo (FOGACP), Fondo de Garantía de Créditos para el Sector Gremial (FOGAGRE); así como el Fondo para Capital Semilla (FOCASE), entre otros.

Cabe señalar que Montenegro explicó que esta norma tiene el objetivo de determinar el porcentaje de las utilidades netas de 2023 que los bancos múltiples y los bancos Pyme deberán destinar para el cumplimiento de la función social de los servicios financieros.

Además de esto aclaró que la norma busca diversificar las oportunidades a los que menos tienen, como por ejemplo a pequeños productores, dándoles acceso a créditos bancarios.

Hay que saber que además del DS 5096 también se promulgaron los Decretos Supremos 5094 y 5095 con los que se reglamenta la aplicación de la Ley 1546 del Presupuesto General del Estado (PGE) 2024.

Es así que el DS 5095, que se reglamenta el artículo 18 del PGE, regula regular los incentivos tributarios a la importación y comercialización de bienes de capital y plantas industriales, destinados a los sectores agropecuario, industrial, construcción y minería.

Con dicha norma queda libre el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la importación de bienes de capital y plantas industriales. De acuerdo con Montenegro estos incentivos tributarios estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2024.

“Queda claro para el Gobierno Nacional que esta medida fue exitosa y ha sido uno de los grandes aciertos de la gestión del presidente, Luis Arce, por esa misma razón la volvemos a implementar”, dijo el ministro.

De acuerdo con el ministro este decreto escucha el pedido de muchos productores que pidieron ampliar el plazo del incentivo para importaciones, por esta razón se definió ampliar por tercer año la determinación tributaria para la importación de bienes capital.