Jubilados del Senasir recibirán un incremento en sus rentas desde abril: ¿Cuánto será?

El incremento en las rentas de los jubilados del Senasir está contemplado en el Decreto Supremo 5561 aprobado por Rodrigo Paz

Los jubilados del Senasir recibirán el incremento en sus rentas. Foto: Shutterstock
Los jubilados del Senasir recibirán el incremento en sus rentas. Foto: Shutterstock

El incremento en las rentas de los jubilados del Senasir está contemplado en el Decreto Supremo 5561 aprobado por Rodrigo Paz

Recientemente, se conoció que a través del Decreto Supremo 5561 el presidente Rodrigo Paz Pereira dispuso un incremento a las rentas en curso de los jubilados del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (Senasir), para este 2026.

“El presente Decreto Supremo (DS) tiene por objeto aprobar el incremento anual y distribución inversamente proporcional para las rentas en curso de pago del Sistema de Reparto, a cargo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto – SENASIR, aplicable para la gestión 2026”, dice el primer artículo del DS 5561.

Es así que el decreto aprueba el incremento anual y la distribución inversamente proporcional para las rentas en curso de los jubilados del Sistema de Reparto. Los pagos se realizarán desde abril, correspondientes al mes de marzo, con retroactivo de los meses de enero y febrero.

“El retroactivo correspondiente a las rentas del mes de enero y febrero del presente año serán incluidos en la planilla del mes de marzo de 2026, que se efectivizará en abril de 2026”, señala el decreto.

¿Cuánto será el incremento?

La norma establece que el incremento está relacionado con el porcentaje de la variación de la UFV, con lo cual el incremento de las rentas de los jubilados en el Senasir es de 18,12% para este año, el mismo será aplicado desde el mes de abril.

“El porcentaje de la variación anual de la Unidad de Fomento de Vivienda – UFV, calculado entre el 31 de diciembre de 2024 y el 31 de diciembre de 2025, de 18,12336%, se aplicará a la masa de las rentas de Invalidez, Vejez o Muerte y Riesgo Profesional para la presente gestión, con una distribución inversamente proporcional, para Titulares y Derechohabientes”, señala la norma.

La norma también señala que en el incremento anual se deberá considerar el tope de Bs7.974,54 (siete mil novecientos setenta y cuatro bolivianos), establecido para las rentas de los jubilados del Sistema de Reparto.

“El Senasir, en el marco de sus atribuciones, queda encargado de la aplicación del incremento anual y distribución inversamente proporcional a las rentas en curso de pago del Sistema de Reparto dispuesto en el presente Decreto Supremo”, señala la última disposición del DS.

En cuanto al retroactivo se conoce que será pagado en abril, junto a la renta del mes de marzo. El retroactivo del incremento a los jubilados alcanza a los meses de enero y febrero.