Por: Micaela Sanjines Ordóñez • Bolivia.com

Incremento salarial: Gobierno aplica el aumento en tres empresas estatales y cuatro mineras

La aplicación del incremento salarial será retroactivo al 1 de enero de 2025, por lo que el pago debe ser realizado hasta el 30 de septiembre.

Los incrementos salariales serán financiados con recursos específicos de cada empresa. Foto: Shutterstock
Los incrementos salariales serán financiados con recursos específicos de cada empresa. Foto: Shutterstock

La aplicación del incremento salarial será retroactivo al 1 de enero de 2025, por lo que el pago debe ser realizado hasta el 30 de septiembre.

El Gobierno de Luis Arce, aprobó el Decreto Supremo 5461, que establece el incremento salarial del 5% para trabajadores de tres empresas públicas y de cuatro empresas mineras estatales.

Entre las beneficiarias figuran la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE), de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Entel), de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo y las mineras estatales Vinto, Colquiri, Huanuni y Corocoro.

De acuerdo con el Decreto Supremo 5461, que establece el incremento salarial para dichas empresas públicas, aclara que los altos cargos de estas empresas no serán beneficiados con el incremento salarial del 5%, que tiene respaldo en el Decreto Supremo 5383 de 1 de mayo de 2025.

“La aplicación del incremento salarial retroactivo al 1 de enero de 2025, debe ser efectivizada hasta el 30 de septiembre de la presente gestión, debiendo realizar los aportes a los Entes Gestores de Seguridad Social de Corto y Largo Plazo, de acuerdo a normativa vigente”, dice el Decreto Supremo.

¿Qué dice la norma?

Según el DS, en el caso de ENDE, se excluye del incremento salarial “al personal especializado” jefes, y trabajadores que tienen un haber básico mayor a los Bs. 12.148. Por otro lado, en el caso de Entel el incremento no llegará a los altos cargos.

“Se excluye del incremento salarial señalado en el Parágrafo I del presente Artículo a los cargos de Gerente General, Gerentes Nacionales, Gerentes Regionales y Subgerentes”, dice el Decreto Supremo 5461.

Con relación a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, se conoce que se excluye del incremento salarial “al presidente de Directorio, Gerente General, Gerentes Nacionales, Auditor Interno Principal y Subgerentes Nacionales”.

Sobre las mineras se conoce que el incremento del salario del 5% será para los trabajadores de las cuatro empresas mencionadas en el Decreto Supremo del 22 de septiembre de 2025.

“Se aprueba el incremento salarial de hasta el cinco por ciento (5%) para las trabajadoras y los trabajadores de la: Empresa Metalúrgica Vinto; Empresa Minera Colquiri; Empresa Minera Huanuni; Empresa Minera Corocoro”, dice la norma.

La norma añade que los incrementos salariales señalados en el Decreto Supremo, serán financiados con recursos específicos de cada empresa, según corresponda, pero aclara que en el caso de las empresas filiales de ENDE Corporación y de ENTEL S.A. serán financiados con ingresos generados en la operación del giro del negocio.