Por: Sofía Brañez • Bolivia.com

Secretaria municipal de Salud La Paz: Los choferes deberán exhibir carnet de vacunación en sus automóviles

La Alcaldía de  La Paz sigue elaborando el reglamento de la Ley 481 que indica respecto a la obligatoriedad de la presentación del carnet de vacunación en espacios públicos.

Transporte público en la ciudad de La Paz. Foto: Youtube
Transporte público en la ciudad de La Paz. Foto: Youtube

La Alcaldía de  La Paz sigue elaborando el reglamento de la Ley 481 que indica respecto a la obligatoriedad de la presentación del carnet de vacunación en espacios públicos.

En la ciudad de La Paz ya es vigente la normativa municipal que ordena la presentación del carnet de vacunación en lugares públicos, en instituciones privadas y otros ambientes donde normalmente se moviliza la gente.

Al día de hoy, existen algunas preguntas respecto a los lugares donde existe la obligatoriedad de dicha norma y por esto, este martes es que la Alcaldía especificó  que los carnets de vacunación no deben ser exigidos a los pasajeros por los choferes del transporte público, pero los conductoores sí deben exhibir el documento que los certifique como vacunados en el interior de sus automóviles, así lo indica la Ley Municipal No 481 de "Protección a la Salud Pública".

Respecto a las cuestionantes que surgen de la obligatoriedad a la que deben someterse en la ciudad de La Paz, la secretaria municipal de Salud, Cecilia Vargas es la encargada de aclarar que la constancia de vacunacipón se necesita a la hora de realizar trámites en instituciones públicas, como el proceso para sacar un certificado catastral o para el inicio de cualquier trámite de esta índole.

También aclaró que lo que es obligatorio es exponer los carnets de vacunación de las personas que realizan actividades económicas donde tienen un aforo en algún local, como lo son los restaurantes, que en dicho caso, es necesario exhibir la documentación del personal.

El reglamento de la Ley No 481, promulgada por el alcalde Iván Arias se está preparando para tener todos los puntos claros respecto a esta nueva implementación de normativa que estará lista dentro de un plazo de máximo diez días.

Se aclara que la normativa es la de presentar el carnet de vacunación en distintos espacios públicos incluyendo a comercios e instituciones privadas y en caso contrario, presentar un certificado PCR negatico con 48 horas de anticipación.

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