Por: Con información de ABI • Bolivia.com

Solo pruebas de laboratorios autorizados pueden ser usadas para tramitar baja médica

Para tramitar una baja médica es necesario contar con los resultados de una prueba realizadas en laboratorios autorizados por el Gobierno.

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La baja médica deberá ser tramitada con una prueba de un laboratorio autorizado. Foto: ABI
La baja médica deberá ser tramitada con una prueba de un laboratorio autorizado. Foto: ABI

Para tramitar una baja médica es necesario contar con los resultados de una prueba realizadas en laboratorios autorizados por el Gobierno.

Solamente los laboratorios médicos que tengan la autorización del Gobierno podrán realizar las pruebas rápidas de COVID-19 para que los trabajadores del sector público y privado puedan obtener una baja médica por 14 días, según establece el Decreto 4295, aprobado el 24 de julio.

El ministro de Trabajo, Óscar Mercado, explicó que las farmacias que comercializan ese tipo de pruebas no tienen la autorización, por lo tanto, aquellos trabajadores que se realicen test en esos sitios no podrán tramitar los certificados de incapacidad temporal por COVID-19 en los entes gestores de la seguridad social de corto plazo.

"La prueba rápida debe ser realizada en un laboratorio autorizado, no se puede realizar en cualquier laboratorio o en cualquier centro médico o por cualquier médico particular o en la adquisición de una prueba rápida en farmacia", aseguró Mercado, en una rueda de prensa. 

Recordó que los laboratorios autorizados para realizar las pruebas son los establecidos por el Ministerio de Salud, por el Servicio Departamental de Salud de cada departamento y por los seguros sociales del país.

@totomercadocbba

Presentamos el Decreto qu...

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El Gobierno aprobó, a través del Decreto Supremo 4295, la emisión ágil de certificados de incapacidad temporal por COVID-19 para el personal de entidades públicas y privadas.

Para beneficiarse, los trabajadores deberán presentar "por medio físico o digital a la entidad correspondiente, la constancia del resultado positivo de la prueba PCR o prueba rápida de detección del coronavirus".

Con la presentación de esa constancia, el área de Recursos Humanos de las entidades públicas o privadas remitirán a las cajas de salud, por medio físico o digital, la solicitud de certificado de incapacidad temporal por COVID-19.

De acuerdo con la norma, esas pruebas deberán ser realizadas en laboratorios autorizados o en un establecimiento de salud de la seguridad social, y los resultados tendrán la calidad de declaración jurada.

Al respecto, el ministro Mercado afirmó que si algún trabajador falsifica esa información, ante su empresa o institución, será pasible a sanciones establecidas en el Código Penal.

Reiteró que, en un plazo de tres días hábiles, desde la publicación del decreto, las cajas de salud y seguros sociales deberán habilitar un medio digital "ágil y de fácil uso" para las solicitudes de altas y bajas médicas por COVID-19.

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