Atención: Solo quedan dos días para pagar el aguinaldo en Bolivia
En caso de que las empresas privadas incumplan con el pago del aguinaldo se les sancionará con el doble aguinaldo
En caso de que las empresas privadas incumplan con el pago del aguinaldo se les sancionará con el doble aguinaldo
En noviembre el Ministerio de Trabajo dispuso que el pago del aguinaldo de Navidad debe ser efectuado hasta el 20 de diciembre de este año, de manera impostergable. En ese sentido, se conoce que solo faltan dos días para realizar el pago de este beneficio a los trabajadores del país.
Es así que se conoció que la fecha del pago del aguinaldo es tanto para instituciones públicas como privadas, esto según la normativa vigente. En ese sentido, en caso de que las empresas privadas incumplan con el pago del beneficio, serán sancionadas con el doble aguinaldo.
“El pago del aguinaldo de Navidad debe realizarse hasta el viernes 20 de diciembre de la gestión 2024 impostergablemente, bajo sanción de pago doble en caso de incumplimiento, además, de elevarse la multa por infracción a la ley social, en los casos que corresponda”, señalaba un instructivo del Ministerio de Trabajo.
De igual forma, se supo que las jefaturas departamentales y regionales están habilitadas para recibir las denuncias de los trabajadores en caso de incumpliendo del pago del aguinaldo de este año.
Sobre el pago del aguinaldo de Navidad se conoce que la base del cálculo será el promedio del total ganado de los últimos tres meses anteriores al pago, o los tres meses anteriores a la extinción de la relación laboral, excluyendo otras bonificaciones no recurrentes, gastos de representación, acumulaciones y todo otro beneficio que no constituya la remuneración propiamente dicha.
Sobre el pago de duodécimas del aguinaldo de Navidad, se conoce que se debe considerar únicamente los servicios prestados en una misma entidad, y que se haya realizado por un mínimo de tres meses de manera ininterrumpida durante la gestión fiscal, incluye las incorporaciones realizadas hasta el 01 de octubre de 2024.
Este beneficio contemplado en la Ley General del Trabajo debe ser pagado a trabajadores de empresas públicas, privadas, comerciales, industriales o de servicios. Sin embargo, a través de un instructivo del Ministerio de Economía se conoció que los servidores públicos que trabajen en el exterior y que reciben sus salarios en moneda extranjera no recibirán el beneficio.