Por: ABI • Bolivia.com

Richter califica de “sin sentido” la demanda de abrogación de la Ley de Emergencia Sanitaria

El vocero presidencial, Jorge Richter, afirmó que es un "sin sentido" pedir que se abrogue la Ley de Emergencia Sanitaria.

Actualización
El vocero presidencial, Jorge Richter. Foto: ABI
El vocero presidencial, Jorge Richter. Foto: ABI

El vocero presidencial, Jorge Richter, afirmó que es un "sin sentido" pedir que se abrogue la Ley de Emergencia Sanitaria.

El vocero presidencial Jorge Richter calificó este viernes de “sin sentido” la demanda de abrogación de la Ley de Emergencia Sanitaria por parte del Colegio Médico, que a principios de febrero consensuó el contenido de la norma con el Ministerio de Salud.

En entrevista con la radio Panamericana, Richter sostuvo que el Estado debe contar con una normativa que le permita facilitar las operaciones para disponer recursos financieros y humanos, además de logística para atender la segunda ola de la pandemia del COVID-19.

¨Se necesita un mecanismo normativo legal de excepción durante el tiempo que dure una pandemia para que sea mucho más rápido desburocratizar los procesos normativos convencionales y habituales y poder intervenir rápido en ello¨, aseveró.

Manifestó que el diálogo respecto a la norma “está abierto”, sin embargo, -en su juicio- las peticiones desmedidas e inconvenientes en momentos de excepción como la pandemia “no expresan una solidaridad y preocupación genuina con lo que significa la salud de la población; por el contrario, expresa intencionalidad que pretende preservar intereses de grupo”.

¨En ese sentido exacerbar a la abrogación completa de la ley es sin sentido, el Gobierno necesita este cuerpo legal, necesita trabajar de forma conjunta¨, enfatizó.

La Ley de Emergencia Sanitaria cuenta con 36 artículos, una disposición adicional, tres disposiciones transitorias, y tres disposiciones finales. Plantea cinco ejes para atender la segunda ola de la pandemia del COVID-19 en el Estado Plurinacional de Bolivia.

Establece la conformación de un Consejo Nacional Estratégico para emergencias sanitarias, políticas de inmunización, control de medicamentos, registros y servicios de salud, contrataciones y despachos aduaneros, además de un régimen sancionatorio.