Por: Micaela Sanjines Ordóñez con ABI • Bolivia.com

Proyecto de ley plantea 10 sanciones para deudores de asistencia familiar, conoce cuáles son

El proyecto de ley busca fortalecer el pago de la asistencia familiar y mejorar el procedimiento del pago

Las restricciones tienen la finalidad de garantizar el derecho a la asistencia familiar. Foto: Tinformas
Las restricciones tienen la finalidad de garantizar el derecho a la asistencia familiar. Foto: Tinformas

El proyecto de ley busca fortalecer el pago de la asistencia familiar y mejorar el procedimiento del pago

El lunes, se presentó un anteproyecto de ley para “Fortalecer el Cumplimiento de las Obligaciones de Asistencia Familiar”, para así proteger a los beneficiarios. El presidente Luis Arce fue quien pidió al Ministerio de Justicia fortalecer el pago de la asistencia familiar, así como mejorar el procedimiento del pago, y asistir a los beneficiarios para hacer cumplir sus derechos.

Este anteproyecto de ley elaborado por el Viceministerio de Igualdad de Oportunidades ya fue remitido al Legislativo y propone una serie de sanciones a los padres y madres de familia que no cumplan con el pago de la Asistencia Familiar.

Estas restricciones tienen la finalidad de garantizar el derecho a la asistencia familiar en casos de impago. Es por eso que en Bolivia.com te dejamos una lista de las restricciones que serán impuestas en caso de impago.

  • Los padres o madres que no cumplan con el pago de la obligación no podrán acceder a un cargo público ya sea mediante elección, designación, nombramiento o contratación.
  • En caso de que el servidor o servidora pública, sea un deudor registrado por segunda vez, el sueldo del deudor será retenido
  • Si el deudor o deudora tiene algún proceso judicial por cobro de deudas, el juez priorizará el pago de la asistencia.
  • Se hará la retención de pagos en el Sistema Integral de Pensiones y el Sistema de Reparto.
  • El juez ordenará medidas cautelares, patrimoniales o personales luego de aprobar la liquidación de asistencia familiar de oficio.
  • En caso de impago se podrán suspender los trámites a obligaciones registrables y notariales sobre compra y venta de bienes inmuebles o bienes muebles registrables y no registrables.
  • Los deudores no podrán acceder a planes, programas o proyectos sociales financiados por el Estado, porque se tomará en cuenta como un requisito el no tener registro en calidad de deudora o deudor de asistencia familiar.
  • Las entidades bancarias incorporarán entre su evaluación crediticia la información sobre deudas de asistencia familiar
  • Los deudores tendrán prohibido la emisión de pasaporte y salida del territorio nacional.
  • Finalmente, los deudores de asistencia familiar no podrán contraer matrimonio hasta el pago de la deuda.

Cabe señalar que la norma establece que las personas que reciban la asistencia familiar destinarán el monto económico a gastos en alimentación, salud, educación, vivienda, recreación y vestimenta de las y los beneficiarios