Por: Micaela Sanjines Ordóñez • Bolivia.com

EL TCP sentencia que la reelección indefinida no es un derecho humano

Con la nueva determinación del TCP, Evo Morales queda inhabilitado para presentarse nuevamente a las elecciones nacionales de 2025

La sentencia determinó que la reelección no es “un derecho humano”. Foto: Facebook Conectados Bolivia
La sentencia determinó que la reelección no es “un derecho humano”. Foto: Facebook Conectados Bolivia

Con la nueva determinación del TCP, Evo Morales queda inhabilitado para presentarse nuevamente a las elecciones nacionales de 2025

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió una la Sentencia Constitucional en la que anula la reelección indefinida, y sentencia que esta no es “un derecho humano”, como se quiso alegar en el año 2017.

De acuerdo con la Sentencia Constitucional 1010/2023, del TCP, el presidente y el vicepresidente solo pueden ejercer su mandato por dos periodos continuos o discontinuos. Con lo cual quedó completamente anulada la reelección indefinida.

Cabe señalar que el artículo 168 de la Constitución establece que “el periodo de mandato de la presidenta o del presidente y de la vicepresidenta o del vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua”.

Un reporte de Correo del Sur da cuenta que, en ese sentido, la decisión del Tribunal Constitucional Plurinacional determina que el presidente y el vicepresidente del Estado solo podrán ejercer su mandato hasta por dos gestiones de manera consecutiva o discontinua, ya no podrán optar por la reelección indefinida.

Además de esto, en la sentencia del TCP, se establece que los senadores y diputados solo pueden ejercer su mandato por dos periodos continuos o discontinuos y en relación con las autoridades judiciales, pueden ejercer dos mandatos continuos o discontinuos, pero nunca en el mismo tribunal.

La Sentencia Constitucional hizo prevalecer la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) que, a solicitud de Colombia, resolvió en una Opinión Consultiva que la reelección indefinida no es un derecho humano y es contraria al ejercicio de la democracia representativa.

La polémica sobre la reelección indefinida inició el febrero de 2016, cuando en Bolivia se llevó a cabo un referéndum para determinar si se aprobaría o rechazaría una modificación en la constitución, relacionada con este punto y así que el presidente, en ese entonces Evo Morales y el vicepresidente, Álvaro García Linera, pudieran gobernar por más gestiones.

La población votó y ganó el no, sin embargo, Evo Morales, aún buscaba la reelección y desconoció el resultado del referéndum, por lo que en 2017 el TCP lo habilitó para presentarse a los comicios generales, ya que Evo alegó que esto atentaba contra su derecho humano.

Sin embargo, con la nueva determinación del TCP, Evo Morales queda inhabilitado para presentarse nuevamente a las elecciones nacionales de 2025, como candidato presidencial.

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