Por: Micaela Sanjines Ordóñez • Bolivia.com

A través de un DS el Gobierno aprobó arancel cero para importar petróleo y diésel

El Gravamen Arancelario del 0% para la importación de petróleo crudo y diésel oíl no tiene fecha de término

El Decreto Supremo fue aprobado, este miércoles, por el gabinete de ministros. Foto: Facebook YPFB
El Decreto Supremo fue aprobado, este miércoles, por el gabinete de ministros. Foto: Facebook YPFB

El Gravamen Arancelario del 0% para la importación de petróleo crudo y diésel oíl no tiene fecha de término

El Gobierno Nacional a través del Decreto Supremo 5084, publicado en la Gaceta Oficial, aprobó el Gravamen Arancelario del cero por ciento para la importación de petróleo crudo y diésel oíl, sin fecha de término.

Dicho Decreto Supremo fue aprobado, este miércoles, por el gabinete de ministros liderado por el presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, Luis Arce Catacora.

"Se establece el Gravamen Arancelario del cero por ciento (0%) para la importación de las Subpartidas Arancelarias 2709.00.00.00 (Petróleo Crudo) y 2710.19.21.00 (Diésel Oíl) del Arancel Aduanero de importaciones de Bolivia", dice el único artículo del Decreto Supremo.

La norma también señala que el ministro de Economía y Finanzas Públicas, además del ministro de Hidrocarburos y Energías, serán los encargados de la ejecución y cumplimiento de la disposición.

“Los señores ministros de Estado en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas; y de Hidrocarburos y Energías, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo”, apunta la norma publicada en la Gaceta Oficial del Estado.

Cabe señalar que en la parte considerativa se menciona al Decreto Supremo 4843 del 21 de diciembre de 2022 que difería el Gravamen Arancelario 0% para la importación de petróleo crudo y diésel oíl hasta el 31 de diciembre de esta gestión.

“Que el Decreto Supremo N° 4843, de 21 de diciembre de 2022, difiere el Gravamen Arancelario a cero por ciento (0%) para la importación de las Subpartidas Arancelarias 2709.00.00.00 (Petróleo Crudo) y 2710.19.21.00 (Diésel Oíl), desde el 1 de enero, hasta el 31 de diciembre de 2023”, señala la norma.

De igual manera en el decreto se recuerda que YPFB es la única empresa importadora mayorista que tiene la finalidad de cubrir el abastecimiento de hidrocarburos líquidos en el mercado interno.

“Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB es una empresa autárquica de derecho público, inembargable, con autonomía de gestión administrativa, técnica y económica, en el marco de la política estatal de hidrocarburos. YPFB, bajo tuición del Ministerio del ramo y como brazo operativo del Estado, es la única facultada para realizar las actividades de la cadena productiva de hidrocarburos y su comercialización”, dice en las consideraciones.

Ahora a través de esta nueva norma no se fija una fecha de término para la importación de estos combustibles con arancel cero.

 

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