Tribunal Arbitral falla a favor de Bolivia en el proceso iniciado por la Compañía Minera Orlandini
En ese sentido Bolivia ya no tendrá que indemnizar a la Compañía Minera Orlandini con aproximadamente 253 millones de dólares
En ese sentido Bolivia ya no tendrá que indemnizar a la Compañía Minera Orlandini con aproximadamente 253 millones de dólares
Este viernes, el procurador general del Estado, Cesar Siles, informó en conferencia de prensa, que, tras cinco años de litigio internacional, el Tribunal Arbitral falló a favor del Estado Plurinacional de Bolivia, en el proceso iniciado por la Compañía Minera Orlandini Ltda.
Siles precisó que el Tribunal Arbitral rechazó las pretensiones de los demandantes, por lo que la minera Orlandini no podrá volver a presentar estas pretensiones. En ese sentido Bolivia ya no tendrá que indemnizar a la demandante que argumentaba una supuesta apropiación ilegal.
“El Tribunal Arbitral ha aceptado nuestras defensas sobre el fondo del caso, rechazó todas las pretensiones de los demandantes, de la empresa Orlandini y declaró que Bolivia cumplió sus obligaciones internacionales. Al tratarse de una decisión sobre el fondo de los reclamos, los demandantes no podrán volver a plantear estas pretensiones”, dijo Siles en conferencia de prensa.
En ese sentido, según detalló el procurador general del Estado, Bolivia solo deberá pagar los costos administrativos del servicio de arbitraje, que asciende a 600 mil dólares. Cabe señalar que la indemnización que exigía Orlandini era de aproximadamente 253 millones de dólares.
Según la Procuraduría, esta decisión marca un hito en la defensa del Estado boliviano. Siles, explicó que en el marco del procedimiento y en cumplimiento del principio de reserva, el contenido completo del Laudo Arbitral (que no difiere de la decisión de fondo) será compartido con las partes en un momento posterior.
Desde la Procuraduría consideran que esta es una victoria para el Estado Boliviano y que mara un hito, sin embargo, Siles explicó que en el marco del cumplimiento del principio de reserva el contenido del Laudo Arbitral será compartido con las partes posteriormente.
“Dicho fallo goza todavía del principio de reserva y confidencialidad, así lo dispone el reglamento de arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional del 2014”, señaló.
Cabe señalar que la Compañía Minera Orlandini Ltda., presentó una demanda ante la Corte Permanente de Arbitraje (CPA), con sede en París, Francia, pues alegaba una presunta expropiación de sus concesiones mineras, atribuyendo la apropiación ilegal del Estado boliviano.